RESOLUCION, Nº 1011-2019-GRLL/GOB, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD - Modifican conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional La Libertad-RESOLUCION-Nº 1011-2019-GRLL/GOB

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición 5 de Abril de 2019

Modifican conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional La Libertad

(Se publican las siguientes resoluciones a solicitud del Gobierno Regional de La Libertad, mediante Oficio N° 241-2020-GRLL-GRA/SGLSG, recibido el 18 de setiembre de 2020)

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL

N° 1011-2019-GRLL/GOB

Trujillo, 5 de abril de 2019

VISTO:

El oficio N° 182-2019-GRLL-GGR/GRCTPIP, sobre la modificación de la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional de La Libertad, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, en el artículo 9° literal h) establece que los Gobiernos Regionales tienen competencia para fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional y en el artículo 34° dispone que tienen competencia para promover proyectos de inversión privada en el ámbito de su jurisdicción dirigidos a lograr el crecimiento económico regional;

Que, de acuerdo al artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1362 Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos de Activos, tratándose de Gobiernos Regionales, las facultades del Organismo Promotor de la Inversión Privada (OPIP) se ejercen en forma directa a través del Comité de promoción de la Inversión Privada y el órgano máximo del OPIP es el Consejo Regional.

Que, el numeral 7.1 del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1362, establece que las entidades públicas que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas a la presente norma, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada para desempeñarse como Organismo Promotor de la Inversión Privada (OPIP) y como órgano de coordinación con Proinversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a este último.

Que, el numeral 7.3 del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1362, establece que la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se realiza mediante Resolución del Gobernador Regional, la misma que debe ser publicada en el diario Oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Asociaciones Público Privadas;

Que, de acuerdo al numeral 17.2 del artículo 17° del Reglamento del...

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