RESOLUCION, Nº 000068-2020-SERVIR-PE, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - Formalizan la aprobación de la Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento-RESOLUCION-Nº 000068-2020-SERVIR-PE

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2020

Formalizan la aprobación de la Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 000068-2020-SERVIR-PE

Lima, 27 de agosto de 2020

Visto, los Informes Nº 000017 y 000018-2020-SERVIR/GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado; estableciendo el artículo 5 del mencionado dispositivo que la gestión del rendimiento, entre otros, constituye o forma parte del referido Sistema;

Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1023, establece que la evaluación del desempeño es el proceso obligatorio, integral, sistemático y continuo de apreciación objetiva y demostrable del conjunto de actividades, aptitudes y rendimiento del personal al servicio del Estado en cumplimiento de sus metas, que llevan a cabo obligatoriamente las entidades, en la forma y condiciones que se señalan en la normatividad; correspondiendo al nivel nacional de gobierno promover el desarrollo de sistemas de gestión que permitan determinar indicadores objetivos para la evaluación de desempeño;

Que, el artículo 19 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece que la gestión del rendimiento comprende el proceso de evaluación de desempeño y tiene por finalidad estimular el buen rendimiento y el compromiso del servidor civil. Asimismo, identifica y reconoce el aporte de los servidores con las metas institucionales y evidencia las necesidades requeridas por los servidores para mejorar el desempeño de sus puestos y de la entidad. Por su parte en el Título IV del Libro I del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil (aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM) se desarrollan las reglas específicas de la Gestión del Rendimiento;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 127-2019-PCM, entre otros aspectos, se modificaron las reglas de la Gestión del Rendimiento previstas en el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil. En virtud a ello se simplificaron las etapas del ciclo de la Gestión del Rendimiento, pasando de cinco (5) a tres (3) etapas, se efectuaron precisiones a las disposiciones referidas a los factores de evaluación (metas y compromisos), metodologías e instrumentos básicos, entre otros aspectos;

Que, en atención a dichas modificaciones y sobre la base de la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, en coordinación con la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, en su condición de órgano encargado de conducir y supervisar la implementación del subsistema de gestión del rendimiento, propuso una nueva Directiva, con la finalidad que las Oficinas de Recursos Humanos apliquen de manera adecuada las nuevas reglas que regulan dicho subsistema;

Que, el Consejo Directivo en la sesión Nº 014-2020 acordó aprobar la Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento, encargando al Presidente Ejecutivo emitir la Resolución que formaliza dicho acuerdo;

Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, la Ley Nº 30057Ley del Servicio Civil, el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modificatorias; el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º Formalizar la aprobación de la Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento, que en anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el diario oficial El Peruano; y de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ORTIZ

Presidente Ejecutivo

DIRECTIVA DEL SUBSISTEMA

DE GESTIÓN DEL RENDIMIENTO

  1. OBJETIVO

    Desarrollar el marco normativo del Subsistema de Gestión del Rendimiento para su aplicación en las entidades públicas.

  2. FINALIDAD

    La finalidad de la presente Directiva es que las entidades públicas cuenten con un marco normativo que les permita la aplicación del Subsistema de Gestión del Rendimiento para que se evidencie el aporte de los/as servidores/as civiles al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.

  3. BASE NORMATIVA

    3.1. Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil

    3.2. Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público

    3.3. Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y sus modificatorias

    3.4. Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público

    3.5. Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios

    3.6. Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Aprueban Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y sus modificatorias

    3.7. Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, y sus modificatorias

    3.8. Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral

    3.9. Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 238-2014-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva “Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas”

  4. ALCANCE

    Están sujetas al cumplimiento de la presente Directiva todas las entidades públicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. Asimismo, los/as servidores/as civiles de las entidades públicas, según se prescribe en el artículo III de su Título Preliminar y en la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, en adelante Reglamento General.

  5. DEFINICIONES

    5.1. Acciones de Comunicación: conjunto de actividades orientadas a informar y sensibilizar sobre los elementos relevantes de la Gestión del Rendimiento.

    5.2. Acciones de mejora: acciones de capacitación o iniciativas para fortalecer el desempeño. Hacen referencia al plan de mejora dispuesto en el Reglamento General.

    5.3. Calificación: valoración cualitativa que se asigna al/a la servidor/a civil luego de ejecutada la evaluación.

    5.4. Cronograma: documento formal que se elabora y aprueba por cada ciclo de la Gestión del Rendimiento. Contiene las actividades a desarrollar en cada etapa, sus plazos y puede incluir también acciones previas y/o transversales al ciclo de Gestión del Rendimiento.

    5.5. Desempeño: actuación evidenciable de un/a servidor/a civil en un contexto laboral determinado y que constituye, en mayor o menor grado, un aporte al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.

    5.6. Gestión del Rendimiento: subsistema del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos que identifica, reconoce y promueve el aporte de los/as servidores/as civiles al logro de los objetivos y metas institucionales y evidencia las necesidades requeridas por aquellos/as para mejorar el desempeño en sus puestos y, como consecuencia de ello, de la entidad. Se ejecuta mediante actos de administración interna.

    5.7. Instrumento técnico: documento de carácter referencial, orientador e instructivo, que coadyuva al desarrollo metodológico de la Gestión del Rendimiento.

    5.8. Junta de directivos: instancia conformada por un máximo del cincuenta por ciento (50%) de los directivos de la entidad, pertenecientes, como mínimo, a órganos de dirección, órganos de línea y órganos de administración interna. Esta junta define a los/as evaluados/as que obtienen la calificación de rendimiento distinguido.

    5.9. Matriz de Participantes: conjunto de datos de los/as servidores/as civiles a ser evaluados en cada ciclo de Gestión del Rendimiento, de acuerdo con la segmentación establecida en la presente Directiva, incluyendo a quienes pertenecen a carreras especiales mientras ocupen cargo administrativo. Su contenido lo determina SERVIR.

    5.10. Prioridades anuales de gestión del órgano o unidad orgánica: información de insumo para la definición de las metas, identificada a partir del plan operativo institucional o, complementariamente, a partir de otros instrumentos normativos o de gestión.

  6. COMPONENTES DEL SUBSISTEMA DE GESTIÓN DEL RENDIMIENTO

    Son cuatro los componentes que, sistemáticamente, integran el subsistema: ciclo de Gestión del Rendimiento, actores, segmentación y factores de evaluación.

    6.1. El Ciclo de Gestión del Rendimiento: está integrado por las etapas de planificación, seguimiento y evaluación. Es de carácter continuo y se ejecuta anualmente dentro de una entidad y puede exceder el periodo fiscal. Asimismo, comprende acciones de retroalimentación que se ejecutan permanentemente en cada una de las etapas.

    6.1.1. Etapa de planificación: con esta etapa se inicia el ciclo de Gestión del Rendimiento y comprende las acciones de comunicación, aprobación del...

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