RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 646-2020/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Disponen publicar proyecto de Resolución Ministerial que resuelve incluir en el Documento Técnico: Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud, el producto oxígeno medicinal 93% gas para inhalación para el uso por especialista en base a Guías de Práctica Clínica o Norma Técnica-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 646-2020/MINSA

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición19 de Agosto de 2020

Disponen publicar proyecto de Resolución Ministerial que resuelve incluir en el Documento Técnico: Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud, el producto oxígeno medicinal 93% gas para inhalación para el uso por especialista en base a Guías de Práctica Clínica o Norma Técnica

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 646-2020/MINSA

Lima, 19 de agosto del 2020

Visto, el Expediente Nº 20-057753-001, que contiene la Nota Informativa Nº 488-2020-DIGEMID-DG-DFAU-UFURM/MINSA y el Informe Nº 023-2020-DIGEMID-DFAU-UFURM/MINSA de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; y, el Informe Nº 841-2020-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 6) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos;

Que, la Ley Nº 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, define y establece los principios, normas, criterios y exigencias básicas de los referidos productos farmacéuticos y dispositivos de uso en seres humanos, en concordancia con la Política Nacional de Salud y la Política Nacional de Medicamentos;

Que, el segundo párrafo del artículo 5 de la citada ley, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas y, dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la Ley Nº 29459;

Que, asimismo, el artículo 34 de la acotada ley, modificado por la Ley Nº 31013, dispone que, previo a la aprobación o actualización del Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales, el Ministerio de Salud publica el proyecto del citado documento, conjuntamente con la sustentación técnica que fundamente las razones para la inclusión o exclusión, según corresponda, de los medicamentos considerados en él, debiendo dicha publicación realizarse con una anticipación no menor a los sesenta días calendario, antes de su...

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