RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 263-2020-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Dan por concluida la Primera Temporada de Pesca 2020 del recurso anchoveta y anchoveta blanca correspondiente a la Zona Norte - Centro, y dictan otras disposiciones-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 263-2020-PRODUCE

Fecha de disposición05 Agosto 2020
Fecha de publicación06 Agosto 2020
SecciónSección Única
MateriaDerecho Procesal

Dan por concluida la Primera Temporada de Pesca 2020 del recurso anchoveta y anchoveta blanca correspondiente a la Zona Norte - Centro, y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 263-2020-PRODUCE

Lima, 5 de agosto de 2020

VISTOS: Los Oficios Nºs. 533 y 557-2020-IMARPE/PE del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; los Informes Nos. 154 y 157-2020-PRODUCE/DPO de la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Informe Nº 00000489-2020-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en adelante la Ley, en su artículo 2 establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación; y que en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

Que, el artículo 9 de la Ley dispone que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, tiene por objeto establecer el mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extracción de los recursos de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) destinada al consumo humano indirecto, con el fin de mejorar las condiciones para su modernización y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos; y, asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación aprobado por Decreto Supremo Nº...

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