RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000200-2020-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000200-2020-CE-PJ

Fecha de disposición31 Julio 2020
Fecha de publicación02 Agosto 2020
SecciónSección Única

Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000200-2020-CE-PJ

Lima, 31 de Julio del 2020

VISTO:

El Oficio N° 524-2020-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe N° 040-2020-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 501-2019-CE-PJ, 003, 013, 036, 074 y 091-2020-CE-PJ; así como 045 y 058-2020-P-CE-PJ, se prorrogó hasta el 31 de julio de 2020, el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial.

Segundo. Que, por Resoluciones Administrativas Nros. 115, 117 y 118-2020-CE-PJ; así como 061 y 062-2020-P-CE-PJ y 157-2020-CE-PJ, se dispuso suspender las labores del Poder Judicial; así como los plazos procesales y administrativos, a partir del 16 de marzo de 2020 hasta el 30 de junio de 2020, en concordancia con los Decretos Supremos Nros. 044, 051, 064, 075, 083 y 094-2020-PCM, debido a las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, suspensión que se prorrogó del 1 al 31 de julio de 2020 en los Distritos Judiciales que se encuentran ubicados dentro de la jurisdicción de los Departamentos de Ancash, Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, Madre de Dios y San Martín, en concordancia con el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM. Posteriormente, por Decreto Supremo N° 129-2020-PCM, se dispuso también el aislamiento social obligatorio (cuarentena) en las provincias de Cajamarca, Jaén y San Ignacio del Departamento de Cajamarca; y en la provincia de La Convención del Departamento de Cusco; por lo que, en virtud a ello, se emitió la Resolución Administrativa N° 090-2020-P-CE-PJ.

Tercero. Que, mediante Resolución Corrida N° 004-2020-CE-PJ de fecha 11 de abril de 2020, se dispuso autorizar a los jueces de los Distritos Judiciales del país, que no integran órganos jurisdiccionales de emergencia, para que durante el período del Estado de Emergencia Nacional y en forma personal puedan retirar los expedientes de sus respectivos despachos, con la finalidad de avanzar el trabajo desde sus domicilios, estableciéndose en dicha resolución administrativa el procedimiento que deben seguir los jueces para el retiro de los expedientes; asimismo, mediante Resolución Corrida N° 031-2020-CE-PJ del 12 de mayo de 2020, se dispuso que los jueces de los Distritos Judiciales del país, que no...

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