DECRETO DE ALCALDIA, Nº 003-2020-MDLP/AL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA - Aprueban la Guía Técnica para los establecimientos que expenden alimentos y productos con modalidad de servicio de entrega a domicilio (delivery) o recojo en local, tales como mercados, bodegas, tiendas, farmacias, restaurantes y afines-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 003-2020-MDLP/AL

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición25 de Julio de 2020

Aprueban la Guía Técnica para los establecimientos que expenden alimentos y productos con modalidad de servicio de entrega a domicilio (delivery) o recojo en local, tales como mercados, bodegas, tiendas, farmacias, restaurantes y afines

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 003-2020-MDLP/AL

La Punta, 20 de julio de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LA PUNTA

VISTO:

Los informes de la Gerencia de Rentas Nº 033-2020-MDPL-GR y 046-2020MDLP-GR, el Memorando Nº 199-2020-MDLP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 060-2020-MDLP-GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe Nº 038-2020-MDLP-GSCDCPM de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal, el Informe Nº 017-2020-MDLP/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 115-2020-MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, Proveído Nº 753-2020-MDLP/GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo con numeral 3.1 del artículo 83º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades distritales, en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, tienen la función específica exclusiva de controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19, la cual venció el 09 de junio de 2020, siendo prorrogada a partir del 10 de junio de 2020...

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