ORDENANZA, Nº 012-2019-MDLP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA PERLA - Ordenanza que regula quioscos saludables en Instituciones Educativas en el distrito de La Perla-ORDENANZA-Nº 012-2019-MDLP

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2019

Ordenanza que regula quioscos saludables en Instituciones Educativas en el Distrito de La Perla

(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad de La Perla, mediante Oficio N° 017-2020-SG-MDLP, recibido el 21 de julio de 2020)

ORDENANZA Nº 012-2019-MDLP

La Perla, 27 de setiembre de 2019

EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA

PERLA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA

PERLA.

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de Setiembre de 2019, el Dictamen Nº 007-2019, presentado por la Comisión Ordinaria de Servicios Sociales, sobre que declare viable el Proyecto de Ordenanza que Regula Quioscos Saludables en Instituciones Educativas en el Distrito de La Perla; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; así mismo, son competentes para administrar sus bienes y rentas, creando modificando y suprimiendo contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, derechos municipales conforme a Ley;

Que, conforme al artículo 195º Inciso 8 de la Constitución Política del Perú, señala que los gobiernos locales son competencia para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, entre otros;

Que, en el artículo 7º de la misma norma suprema consagra que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, la del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa;

Que, según lo establecido en el Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, la protección de la salud es de interés público, por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el artículo 80º inciso 3.2 de la citada Ley Nº 27972, las municipalidades distritales tienen la función específica y exclusiva de regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales;

Que, el artículo 83º numeral 3.1 de la Ley Nº 27972 establece que las municipalidades distritales, tienen como función específica controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales;

Que, el artículo 8º de la ley Nº 30021, ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niñas, Niños y Adolescentes, establece que las instituciones de educación básica regular pública y privada en todo el territorio nacional, promueven los kioscos y comedores escolares saludables, conforme a las normas que, para este efecto dicta el ministerio de educación, en coordinación con el Ministerio de Salud, el Ministerio de Agricultura y Riego, los Gobiernos Regionales y Locales;

Que, conforme al artículo 82º del Decreto Supremo Nº 004-2006-ED, los quioscos escolares son establecimientos ubicados dentro del local escolar, dedicados al expendio de alimentos y bebidas adecuadas para su consumo dentro de la Institución educativa;

Que, el Decreto supremo Nº 007-2015-SA Aprueba el reglamento que establece los parámetros técnicos sobre los alimentos y bebidas no alcohólicas procesados referentes al contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 908-2012/MINSA, se aprobó la lista de alimentos saludables recomendados para su expendio en los quioscos escolares de las instituciones educativas, ello con la finalidad de mejorar el estado nutricional de la población peruana y favorecer la prevención del riesgo y daño alimentario nutricional, fomentando hábitos nutricionales saludables según etapas de vida, siendo el quiosco escolar un lugar estratégico para el consumo de alimentos saludables para los alumnos de las instituciones educativas dentro de la jurisdicción del distrito de La Perla;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 161-2015/MINSA, se aprueba la Directiva Sanitaria para la Promoción de Quioscos y Comedores Escolares Saludables en las Instituciones Educativas;

Que, siendo la Directiva Sanitaria Nº 063-MINSA/DGPS.vol.01 para la Promoción de Quioscos y Comedores Saludables en las Instituciones Educativas;

Que, el Gobierno Regional del Callao mediante la Ordenanza Regional Nº 000005-2013, aprueba la lista de alimentos saludables recomendados para su expendio de los Quioscos escolares de las Instituciones Educativas de la Región Callao;

Que, con el Informe Técnico Nº 007-2019-ING/JTC/IS/SGSVS/GS/MDLP del Inspector – Capacitador Sanitario de la Subgerencia de Salubridad y Vigilancia Sanitaria, a través del cual presenta el proyecto de Ordenanza que Regula Quioscos Saludables en Instituciones Educativas en el Distrito de La Perla. Que, a través del Informe Nº 053-2019-SGSVS-GS-MDLP de la Subgerencia de Salubridad y Vigilancia Sanitaria solicita a Gerencia Municipal, dar trámite al anotado proyecto. Que, a través del Informe Nº 407-2019-GAJ/MDLP, suscrito por el Gerente de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia del citado proyecto de ordenanza;

Que, habiendo sido revisado y evaluado el Proyecto de Ordenanza que Regula Quioscos Saludables en Instituciones Educativas en el Distrito de La Perla, la Comisión Ordinaria de Servicios Sociales, mediante Acta Nº 004 de fecha 14 de Mayo de 2019, realizó observaciones al presente expediente administrativo, por lo que se derivó al área pertinente para su absolución;

Que, nuevamente siendo revisado y evaluado el Proyecto de Ordenanza que Regula Quioscos Saludables en Instituciones Educativas en el Distrito de La Perla, adjuntado el Memorándum Nº 099-2019-GS/MDLP de la Gerencia de Salud de fecha 20 de Junio de 2019 y el Informe Nº 700-2019-GAJ/MDLP de Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 23 de Julio de 2019, se subsanan las observaciones; es así que la Comisión Ordinaria de Servicios Sociales, mediante Dictamen Nº 007-2019 de fecha 20 de Setiembre de 2019, dictaminó con Aprobar el Proyecto de Ordenanza que Regula Quioscos Saludables en Instituciones Educativas en el Distrito de La Perla, por lo que dispone se eleve los actuados al Concejo Municipal a fin de que el pleno en Sesión de Concejo adopte el Acuerdo que corresponda, de conformidad con el Artículo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”;

Que, de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8 y 9 del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº27972, con el VOTO POR UNANIMIDAD, del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA QUIOSCOS SALUDABLES EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS EN EL DISTRITO DE LA PERLA

TÍTULO I Artículos 1 y 2

OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1º

La presente ordenanza tiene como objetivo formar disposiciones para la promoción, prevención, control y vigilancia de los entornos saludables de las instituciones educativas y alrededores para la prevención de enfermedades transmisibles y no trasmisibles en el interior de las instituciones educativas, así como acciones de fiscalización al exterior de las mismas para la promoción de entornos saludables a favor de la protección de los menores de edad.

Artículo 2º Están sujetas a las disposiciones que establecen en la presente ordenanza todas las personas naturales o jurídicas en la jurisdicción del Distrito de Mi Perú, que brinden servicios de alimentación y comercio dentro y fuera de las instituciones educativas públicas y privadas.

2.1 Vigilar y controlar la elaboración, trasformación, transporte, comercio, preparación...

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