RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 000174-2020-P-CSJPPV/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Designan Jueces de Emergencia Penitenciaria y Jueces de Emergencia de Centros Juveniles en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 000174-2020-P-CSJPPV/PJ
Fecha de disposición | 03 Julio 2020 |
Fecha de publicación | 03 Julio 2020 |
Sección | Sección Única |
Designan Jueces de Emergencia Penitenciaria y Jueces de Emergencia de Centros Juveniles en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla
Corte Superior de Justicia de
Puente Piedra - Ventanilla
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000174-2020-P-CSJPPV-PJ
Ventanilla, 20 de junio de 2020
VISTO: Resolución Administrativa Nº 170-2020-CE-PJ
CONSIDERANDO:
Primero. Mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, de fecha 15 de marzo de 2020, el Presidente de la República declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario y dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del Covid-19. Desde entonces hasta la actualidad, el Presidente del Poder Ejecutivo ha venido prorrogando la duración del aislamiento social obligatorio; y, en merito a ello, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha venido prorrogando la suspensión de las labores del Poder Judicial.
Segundo. Que, en ese sentido, mediante la Resolución Administrativa Nº 157-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso prorrogar la suspensión de las labores del Poder Judicial y los plazos procesales y administrativos, a partir del 25 de mayo al 30 de junio de 2020, en concordancia con el Decreto Supremo N° 094-2020-PCM; y, reiteró la vigencia de las medidas administrativas establecidas mediante Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, Acuerdos Nros. 480 y 481-2020, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como, las Resoluciones Administrativas Nros. 0000051-2020-P-CE-PJ y 000156-2020-CE-PJ.
Tercero. No obstante, resulta pertinente resaltar que con fecha posterior a la emisión de la Resolución Administrativa Nº 115-2020-CE-PJ y los Acuerdos 480 y 481-2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha venido habilitando progresivamente, tanto a los órganos jurisdiccionales de emergencia como a los que no están comprendidos como tales, para que conozcan y tramiten otras solicitudes o materias.
En ese sentido, en el ámbito penal, mediante las Resoluciones Administrativas Nos 118 y 120-2020-CE-PJ, de fechas 8 y 17 de abril de 2020, respectivamente, se exhortó a todos los jueces penales de los Distritos Judiciales del país, incluidos a quienes integran los órganos jurisdiccionales de emergencia, que resuelvan de oficio y/o a pedido de la parte legitimada la situación jurídica de los procesados y sentenciados privados de su libertad, que estén bajo su competencia, a fin de evaluar...
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