RESOLUCION JEFATURAL, N° 079-2020-AGN/J, ORGANISMOS EJECUTORES, ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - Aprueban la “Directiva que aprueba Lineamientos de Prevención, Seguridad y Actuación en cumplimiento de las Normas del Sistema Nacional Archivos”-RESOLUCION JEFATURAL-N° 079-2020-AGN/J

Fecha de disposición02 Julio 2020
Fecha de publicación02 Julio 2020

Aprueban la “Directiva que aprueba Lineamientos de Prevención, Seguridad y Actuación en cumplimiento de las Normas del Sistema Nacional Archivos”

Resolución Jefatural

Nº 079 - 2020-AGN/J

Lima, 30 de junio de 2020

VISTOS: el Memorando Nº 084-2020-AGN/DDPA de fecha 25 de junio de 2020 de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas, que adjunta el Informe Nº 50-2020-AGN/DDPA-AINA de fecha 08 de junio de 2020 del Área de Investigación y Normas Archivísticas, el Memorándum Nº 112-2020-AGN/SG-OPP de fecha 11 de junio de 2020 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 130-2020-AGN/SG-OAJ de 26 de junio de 2020; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 29565 Ley de creación del Ministerio de Cultura, en concordancia con lo prescrito en la Ley Nº 25323 que crea el Sistema Nacional de Archivos, el Archivo General de la Nación es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura que se encarga de conducir el Sistema Nacional de Archivos en su condición de órgano rector y central;

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 25323 señala como finalidad de su creación el “Integrar ámbito nacional”, y de acuerdo al literal c) del artículo 10 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-92-JUS, una de las funciones del Archivo General de la Nación es “formular y emitir las normas técnicas sobre organización y funcionamiento en los archivos públicos a nivel nacional”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional y se dictaron medidas para la prevención y control a fin de evitar la propagación del COVID-19, el cual fue prorrogado por el Decreto Supremo Nº 020-2020-SA por el plazo de (90) días calendario adicionales a partir del 10 de junio de 2020;

Que, a través del Decreto Supremo N.º 044-2020-PCM se declaró el Estado...

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