RESOLUCION SUPREMA N° 179-2020-JUS - Acceden a la solicitud de traslado pasivo del ciudadano de nacionalidad neerlandesa

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición27 de Junio de 2020

Acceden a la solicitud de traslado pasivo del ciudadano de nacionalidad neerlandesa

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 179-2020-JUS

Lima, 26 de junio de 2020

VISTO; el Informe Nº 92-2020/COE-TPC, del 22 de junio de 2020, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo del ciudadano de nacionalidad neerlandesa GERARDUS MAXIMILIAAN CORNELIS PAAP;

CONSIDERANDO:

Que, el ciudadano de nacionalidad neerlandesa GERARDUS MAXIMILIAAN CORNELIS PAAP, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Ancón, solicita ser trasladado a su país de origen para cumplir el resto de la condena impuesta por la Sala Penal Nacional, por la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano;

Que, conforme al inciso 2) del artículo 540 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Poder Ejecutivo decidir la solicitud de traslado activo o pasivo de personas condenadas, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas;

Que, el literal d) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado pasivo;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, mediante...

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