RESOLUCION, N° 056-2020-SUNEDU/CD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS - Aprueban el cambio de denominación del programa de estudios de Terapia Física y Rehabilitación, por el de Tecnología Médica, Especialidad de Terapia Física y Rehabilitación, así como de la denominación del título profesional que otorga, solicitado por la Universidad Privada del Norte S.A.C.-RESOLUCION-N° 056-2020-SUNEDU/CD

Fecha de publicación26 Junio 2020
Fecha de disposición24 Junio 2020

Aprueban el cambio de denominación del programa de estudios de Terapia Física y Rehabilitación, por el de Tecnología Médica, Especialidad de Terapia Física y Rehabilitación, así como de la denominación del título profesional que otorga, solicitado por la Universidad Privada del Norte S.A.C.

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO

N° 056-2020-SUNEDU/CD

Lima, 24 de junio de 2020

VISTOS:

El Oficio N° 100-2019-UPN-SG del 30 de mayo de 2019 con Registro de Trámite Documentario N° 23550-2019-SUNEDU-TD presentado por la Universidad Privada del Norte S.A.C.1 (en adelante, la Universidad) y el Informe Técnico de Modificación de Licencia N° 001-2020-SUNEDU-DILIC-02-12 del 20 de febrero de 2020 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic).

CONSIDERANDO:

De acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, la Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose al licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento.

El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria, establece que la Sunedu es la autoridad competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, filiales, facultades, escuelas y programas de estudio conducentes a grado académico.

El literal d) del artículo 31.1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modificada, entre otras normas, por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD, establece como uno de los supuestos de modificación de licencia institucional, el cambio de denominación del programa o de la mención y/o la creación de una mención de un programa que consta en la licencia institucional, no obstante, si la pretensión no implica, a su vez, cambios en la malla curricular, en los objetivos del programa y en el perfil de egresado, solo se debe comunicar a la Sunedu sobre el cambio o creación respectivo2.

El 30 de mayo de 20193, la Universidad solicitó el cambio de denominación del título profesional del programa originalmente denominado “Terapia Física y Rehabilitación”, abarcando las modalidades presencial y semipresencial, a fin de que se encuentre adecuado a lo dispuesto por la Ley...

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