RESOLUCION, N° 000087-2020-SINEACE/CDAH-P, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA - Oficializan Acuerdo N° 080-2020-CDAH mediante el cual se aprobó el documento técnico normativo “Directiva que regula el procedimiento administrativo sancionador derivado de infracciones cometidas por entidades evaluadoras con fines de acreditación, entidades certificadoras, instituciones educativas y personas evaluadas para certificación”-RESOLUCION-N° 000087-2020-SINEACE/CDAH-P

Fecha de disposición11 Mayo 2020
Fecha de publicación24 Junio 2020
MateriaDerecho Procesal
SecciónSección Única

Oficializan Acuerdo N° 080-2020-CDAH mediante el cual se aprobó el documento técnico normativo “Directiva que regula el procedimiento administrativo sancionador derivado de infracciones cometidas por entidades evaluadoras con fines de acreditación, entidades certificadoras, instituciones educativas y personas evaluadas para certificación”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº 000087-2020-SINEACE/CDAH-P

San Isidro, 11 de mayo de 2020

VISTOS:

El Memorando Nº 001233-2019-SINEACE/P-ST-OPP, de la Oficina de Planificación y Presupuesto y los Informes Nº 000218-2019-SINEACE/P-ST-OAJ y Nº 000223-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica del Sineace, emitidos a través del Sistema de Gestión Documental; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, referente a tipificación y sanciones, prescribe que el Reglamento de la citada Ley establecerá el régimen de infracciones y sanciones aplicables a las entidades especializadas y a las instituciones evaluadas que incurran en infracción, las mismas que deberán sujetarse a las normas sustantivas y procesales que, respecto de la potestad sancionadora, contiene la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444;

Que, del citado dispositivo legal, se establece que el Sineace cuenta con potestad sancionadora; asimismo, conforme se aprecia del Reglamento de la Ley del Sineace, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, a través de los capítulos II y III del Título III, se regularon, respectivamente, las infracciones y sanciones a las entidades evaluadoras con fines de acreditación y entidades certificadoras y las infracciones y sanciones a las instituciones educativas y personas evaluadas;

Que, la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, declara en reorganización al Sineace habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, el Consejo Directivo Ad Hoc con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad sistema hasta la aprobación de su reorganización;

Que, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 038-2019-SINEACE/CDAH-P, de 28 de marzo 2019 se oficializó el Acuerdo Nº 021-2019-CDAH de sesión ordinaria de 27 de marzo 2019, mediante el cual el Consejo Directivo aprobó la actualización del documento “Norma que define la estructura funcional no orgánica transitoria del Ente Rector...

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