RESOLUCION MINISTERIAL, N° 420-2020-MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Establecen de manera referencial y temporal las escalas de remuneración de profesionales y técnicos asistenciales de la salud, para prestar servicios de alerta y respuesta en el marco de la existencia del COVID-19-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 420-2020-MINSA

Fecha de disposición19 Junio 2020
Fecha de publicación21 Junio 2020
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo

Establecen de manera referencial y temporal las escalas de remuneración de profesionales y técnicos asistenciales de la salud, para prestar servicios de alerta y respuesta en el marco de la existencia del COVID-19

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 420-2020-MINSA

Lima, 19 de junio del 2020

VISTO; el Expediente Nº 20-036301-001, que contiene los Informes Nos. 104 y 158-2020-DIPLAN-DIGEP/MINSA de la Dirección General de Personal de la Salud y el Informe Nº 505-2020-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es ámbito de su competencia los Recursos Humanos en Salud; siendo una de sus funciones rectoras, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud;

Que, de acuerdo con el artículo 4-A del Decreto Legislativo en mención, el Ministerio de Salud, ente rector del Sistema Nacional de Salud, y dentro del ámbito de sus competencias, determina la política, regula y supervisa la prestación de los servicios de salud, a nivel nacional, en las siguientes instituciones: Essalud, Sanidad de la Policía Nacional del Perú, Sanidad de las Fuerzas Armadas, instituciones de salud del gobierno nacional y de los gobiernos regionales y locales, y demás instituciones públicas, privadas y público-privadas;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo señala que, el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la función rectora a nivel nacional, la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad rectora en el sector. Su finalidad es la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la recuperación de la salud y la rehabilitación de la salud de la población;

Que, es responsabilidad del Estado reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como mejorar las...

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