ACUERDO, N° 031-2020-MSB-C, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA - Aprueban la contratación directa por desabastecimiento inminente del “Servicio de Comunicación y Telecomunicación Radio Tetra con fines de Seguridad Pública para la Unidad de Seguridad Ciudadana”-ACUERDO-N° 031-2020-MSB-C

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición12 de Junio de 2020

Aprueban la contratación directa por desabastecimiento inminente del “Servicio de Comunicación y Telecomunicación Radio Tetra con fines de Seguridad Pública para la Unidad de Seguridad Ciudadana”

ACUERDO DE CONCEJO

N° 031-2020-MSB-C

San Borja, 12 de Junio de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN

BORJA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN

BORJA

VISTO: En XI-Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 12 de junio del 2020, el Memorándum N° 157-2020-MSB-OAF de la Oficina de Administración y Finanzas, el Memorándum N° 717-2020-MSB-OPE de la Oficina de Planificación Estratégica, el Informe Técnico N° 006-2020-OAF/UL del Jefe de la Unidad de Logística, el Informe Nº 59-2020-MSB-OAF del Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas, el Proveído Nº 809-2020-MSB-GM de la Gerencia Municipal, el Informe N° 269-2020-MSB-OAJ, el Informe Técnico N° 008-2020-MSB-OAF-UL, el Informe Nº 294-2020-MSB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Dictamen Nº 17-2020-MSB-CER de la Comisión Economía y Rentas y el Dictamen Nº 05-2020-MSB-CSH de la Comisión de Seguridad Humana, sobre propuesta Contratación Directa del “Servicio de Comunicación y Telecomunicación Radio Tetra con fines de Seguridad Publica para la Unidad de Seguridad Ciudadana”, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo al artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, regulando actividades y/o servicios en materia de salud, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, entre otros, conforme a Ley;

Que, de acuerdo al artículo VIII del Título preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972. Los Gobiernos Locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público; así como a las normas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2020-EF54.01, se suspende, a partir del 16 de marzo de 2020 y por quince (15) días, el cómputo de plazos de procedimientos de selección, procedimientos de impugnación que forman parte de procedimientos de selección y procesos administrativos sancionadores, y se dictan otras medidas en materia de abastecimiento; prorrogándose dicho plazo mediante las Resoluciones Directorales Nº s. 002, 003, 004 y 005-2020-54.01, hasta el 24 de mayo de 2020; siendo que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM se aprueba la “Reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19”, disponiéndose que la Fase 1 de la “Reanudación de Actividades” se inicia en el mes de mayo del 2020; por lo que, mediante Resolución Directoral N° 006-2020-EF/54.01 publicada en el diario oficial El Peruano el 14.05.2020 se dispone reiniciar los plazos de los procedimientos en materia de adquisiciones, permitiendo el reinicio de las contrataciones en las entidades públicas, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y en los demás regímenes de contratación comprendidos por el Sistema Nacional de Abastecimiento;

Que, con fecha 10 de noviembre 2017, se suscribió el Contrato N° 027-2017-MSB derivado de la Adjudicación Simplificada N° 032-2017-CS-MSB, para...

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