RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 000158-2020-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen que la Gerencia General del Poder Judicial, mediante las Gerencias respectivas, atienda los requerimientos que presenten los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, en el marco de la pandemia del COVID-19-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 000158-2020-CE-PJ

Fecha de disposición28 Mayo 2020
Fecha de publicación04 Junio 2020
MateriaDerecho Público y Administrativo

Disponen que la Gerencia General del Poder Judicial, mediante las Gerencias respectivas, atienda los requerimientos que presenten los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, en el marco de la pandemia del COVID-19

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000158-2020-CE-PJ

Lima, 28 de mayo del 2020

VISTOS:

El Oficio N° 000637-2020-P-CSJSU-PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana; y el oficio remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el numeral cinco de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020, de fecha 15 de marzo de 2020, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, estableció que corresponde al Poder Judicial y a los organismos constitucionales autónomos disponer la suspensión de los plazos procesales y procedimentales que consideren necesarios, a fin de no perjudicar a los ciudadanos; así como las funciones que dichas entidades ejercen.

Segundo. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resoluciones Administrativas N° 115-2020-CE-PJ, 117-2020-CE-PJ, N° 118-2020-CE-PJ, N° 061-2020-P-CE-PJ y N° 062-2020-P-CE-PJ, dispuso la suspensión de las labores del Poder Judicial y los plazos procesales y administrativos hasta el 24 de mayo de 2020, en concordancia con los Decretos Supremos Nros. 044, 051, 064, 075 y 083-2020-PCM; por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Asimismo, estableció medidas para el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia a nivel nacional.

Tercero. Que el Presidente de la Corte Superior...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR