RESOLUCION, N° 061-2020-SUNARP/SN, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Disponen que, a partir del 14 de diciembre de 2020, la SUNARP brinde, a nivel nacional, el servicio de constitución de Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada – SACS, así como su inscripción en el Registro de Sociedades-RESOLUCION-N° 061-2020-SUNARP/SN

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2020

Disponen que, a partir del 14 de diciembre de 2020, la SUNARP brinde, a nivel nacional, el servicio de constitución de Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada – SACS, así como su inscripción en el Registro de Sociedades

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

Nº 061-2020-SUNARP/SN

Lima, 29 de mayo de 2020

VISTO:

El Informe Técnico Nº 008-2020-SUNARP/SNR-DTR del 27 de mayo de 2020, de la Dirección Técnica Registral; los Memorándums Nros. 368 y 415-2020-SUNARP/OGTI del 02 y 22 de mayo de 2020, respectivamente, de la Oficina General de Tecnología de la Información; y, el Memorándum Nº 244-2020-SUNARP/OGAJ del 20 de mayo de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp, es un organismo técnico especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1409, Decreto Legislativo que promociona la formalización y dinamización de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, mediante el régimen societario alternativo denominado Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada, crea y regula un régimen societario alternativo denominado Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada – SACS, con el propósito de promover una alternativa de formalización de actividades económicas de las personas naturales e impulsar con ello el desarrollo productivo y empresarial de la micro, pequeña y mediana empresa;

Que, una de las principales innovaciones que introduce el régimen alternativo aprobado, consiste en permitir que la constitución de la sociedad se formalice por medio de un instrumento privado suscrito con la firma digital de los intervinientes, tanto de accionistas fundadores como de los primeros administradores que se designen, a través de un módulo informático que se configure como una funcionalidad del SID-Sunarp y que mediante una cuenta de acceso posibilite a los accionistas fundadores la formación del acto constitutivo de la SACS; incluyendo la adopción de la denominación social y su incorporación en el Índice Nacional de Personas Jurídicas;

Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 1409, confiere a la Sunarp la tarea de implementar el nuevo módulo informático, así como la aprobación de formatos estandarizados que faciliten a los accionistas fundadores, el ingreso de información en los campos estructurados del Módulo SACS del SID-SUNARP;

Que, complementariamente, se ha previsto que a través del Módulo SACS del SID-SUNARP, se generen declaraciones juradas, constancias y otros documentos vinculados al procedimiento de constitución, lo que comprende también la estructura de la información relativa a los accionistas, a la sociedad y a sus primeros administradores, que ha de remitirse periódicamente a la Unidad...

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