RESOLUCION MINISTERIAL, N° 0334-2020-RE, PODER EJECUTIVO, RELACIONES EXTERIORES - Delegan en el Director del Centro Cultural Inca Garcilaso, en representación del Ministerio, la facultad de suscribir convenio de colaboración con diversas instituciones para la implementación de CANOA, Red Panhispánica para la internalización de la cultura en español-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 0334-2020-RE

Fecha de disposición31 Mayo 2020
Fecha de publicación31 Mayo 2020
MateriaDerecho Procesal

Delegan en el Director del Centro Cultural Inca Garcilaso, en representación del Ministerio, la facultad de suscribir convenio de colaboración con diversas instituciones para la implementación de CANOA, Red Panhispánica para la internalización de la cultura en español

resolución ministerial

n° 0334-2020-re

Lima, 28 de mayo de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0167-2020-RE de fecha 25 de febrero de 2020, se designó al Embajador en el Servicio Diplomático de la República del Perú, Carlos Andrés Miguel Herrera Rodríguez, en el cargo de Director del Centro Cultural Inca Garcilaso, de la Dirección General para Asuntos Culturales;

Que, el artículo 127 literal e) del Decreto Supremo N° 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece que el Centro Cultural Inca Garcilaso tiene como función específica promover la suscripción de convenios de cooperación con otras instituciones culturales nacionales o extranjeras, con el objeto de promover las actividades y el funcionamiento del Centro Cultural;

Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa así lo autorice;

Que, en ese marco, el artículo 9 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone, entre otros aspectos, que el Ministro es la más alta autoridad política del Sector Relaciones Exteriores y es el titular del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, pudiendo desconcentrar en los empleados públicos de su Ministerio, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función. Asimismo, el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece que el Ministro de Relaciones Exteriores puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Que, se viene gestionando la suscripción del Convenio de Colaboración / Acuerdo Internacional No Normativo (AINN) entre el Instituto...

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