RESOLUCION, Nº 021-2020-MP-FN-JFS, ORGANOS AUTONOMOS, MINISTERIO PUBLICO - Crean tres Fiscalías Provinciales Transitorias de Prevención del Delito en el Distrito Fiscal de Lima Este, para el Distrito de San Juan de Lurigancho -Zona Alta, Zona Media y Zona Baja-RESOLUCION-Nº 021-2020-MP-FN-JFS

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición29 de Mayo de 2020

Crean tres Fiscalías Provinciales Transitorias de Prevención del Delito en el Distrito Fiscal de Lima Este, para el Distrito de San Juan de Lurigancho -Zona Alta, Zona Media y Zona Baja

RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS

Nº 021-2020-MP-FN-JFS

Lima, 29 de mayo de 2020

VISTO:

El oficio Nº 015-2020-MP-FN-FSTEPEDcCN de fecha 18 de mayo de 2020, cursado por el Fiscal Superior – Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, que contiene su Informe Nº 01-2020-MP-FN-FSTEPDcCN y el Informe Nº 1705-2020-MP-FN-PJFS-DFLE, emitido por la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este.

CONSIDERANDO:

El Ministerio Público como organismo constitucionalmente autónomo, al servicio de la sociedad y de la administración de justicia, tiene entre sus funciones ejercitar la acción penal de oficio o a petición de parte (artículo 159º inciso 5 de la Constitución Política del Perú), misión institucional que no se agota en la persecución penal, sino que también le ha sido encomendada la función de velar por la prevención del delito (artículo 1º de la Ley Orgánica del Ministerio Público) ámbito funcional de naturaleza preventiva que consiste en tomar conocimiento permanente y anticipado de la comisión del delito. El delito es un fenómeno social que no puede ser abordado exclusivamente a través de medios penales o punitivos, es por ello que en el Décimo Segundo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal del 5 de...

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