RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 000187-2020-P-CSJLI-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Reconforman el Colegiado de la Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 000187-2020-P-CSJLI-PJ

Fecha de disposición27 Mayo 2020
Fecha de publicación27 Mayo 2020
SecciónSección Única

Reconforman el Colegiado de la Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000187-2020-P-CSJLI-PJ

Lima, 26 de mayo de 2020

VISTO Y CONSIDERANDO:

  1. Mediante Resolución Administrativa No. 157-2020-CE-PJ se dispone la prórroga de la suspensión de las labores del Poder Judicial y los plazos procesales y administrativos, a partir del 25 de mayo al 30 de junio de 2020; período durante el cual que los órganos jurisdiccionales de emergencia designados a nivel nacional, continuarán en funciones; para lo cual el Presidente del Poder Judicial y los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país podrán disponer la alternancia de los jueces y servidores jurisdiccionales que los integran.

  2. El señor Juez Superior Segismundo Israel León Velasco integra el Colegiado de la Sala Mixta de Emergencia, desde el mes de marzo del presente año, por lo que resulta conveniente disponer su reemplazo en dicho órgano jurisdiccional.

  3. Mediante Resolución Administrativa N° 000140-2020-P-CSJLI-PJ del 20 de marzo de 2020 se dispuso que los Juzgados de Investigación Preparatoria de Proceso Inmediato de Surco y Surquillo, en adición a sus funciones, son competentes para conocer como Primer Juzgado Mixto de Emergencia, también para los asuntos de urgencia descritos en la Resolución Administrativa No. 135-2020-P-CSJLI-PJ que eran materia de competencia del Quinto Juzgado de Familia y Décimo Juzgado de Familia, que fueron designados órganos jurisdiccionales de emergencia. Excepcionalmente, se les asignó igualmente el conocimiento de los asuntos de urgencia de competencia del Noveno Juzgado de Paz Letrado de Lima, en tanto fuera designado órgano de emergencia.

  4. El 29 de abril de 2020, a través de la Resolución Administrativa N° 000169-2020-P-CSJLI-PJ, se habilitó a partir del 30 de abril de 2020, al Tercer (3°) y Quinto (5°) Juzgado de Familia de Lima, para que durante el Estado de Emergencia Nacional resuelvan, de oficio o a pedido de parte, los asuntos relacionados a vencimientos de internamiento preventivo, variación de medida socioeducativa de internación y beneficio de semilibertad de menores infractores. Por consiguiente, se dejó sin efecto a partir de la referida fecha, la competencia en dichos asuntos del Primer Juzgado Mixto de Emergencia.

  5. El 14 de mayo de 2020, por Resolución Administrativa N° 000181-2020-P-CSJLI-PJ, se habilitó a partir del 15 de mayo de 2020, al 1°, 2°, 4°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15°, 16°, 17°, 18°, 19°, 20° y 21° Juzgados de Familia de Lima, a tramitar los procesos relacionados a medidas de protección y/o cautelares, regulado por la Ley N.° 30364Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; conforme a lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto Legislativo N.° 1470. En consecuencia, se dejó sin efecto a partir de la referida fecha, la competencia en las mencionadas materias del Primer Juzgado Mixto de Emergencia.

  6. El 23 de mayo de 2020, a través de la Resolución Administrativa N°...

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