DECRETO SUPREMO, N° 005-2020-DE, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Decreto Supremo que prorroga el término de la prestación del servicio de la Reserva en el Activo-DECRETO SUPREMO-N° 005-2020-DE

Fecha de disposición24 Mayo 2020
Fecha de publicación24 Mayo 2020

Decreto Supremo que prorroga el término de la prestación del servicio de la Reserva en el Activo

decreto supremo

N° 005-2020-DE

EL PRESIDENTE DE LA REPúBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú establece en el artículo 168 que las Fuerzas Armadas organizan sus reservas y disponen de ellas según las necesidades de la Defensa Nacional, de acuerdo a ley;

Que, el artículo 66 de la Ley Nº 29248, Ley del Servicio Militar, establece que el servicio en la Reserva se cumple en las Instituciones de las Fuerzas Armadas mediante la concurrencia a los llamamientos con fines de instrucción y entrenamiento; asimismo, en los casos de movilización militar por grave amenaza o peligro inminente para la Seguridad y Defensa Nacional;

Que, el literal a) del artículo 68 de la ley en mención establece que la Reserva Orgánica es la que requiere cada Institución de las Fuerzas Armadas para completar, mantener o incrementar su organización. Se considera en esta situación a todo el personal militar en situación de disponibilidad o retiro, licenciados de las modalidades Acuartelado y No Acuartelado; y personal civil que labora en las Instituciones Armadas quienes desempeñarán puestos de su especialidad;

Que, el literal b) del artículo 70 de la Ley Nº 29248, establece que el Poder Ejecutivo puede disponer de llamamientos extraordinarios separadamente para cada Institución de las Fuerzas Armadas, mediante Decreto Supremo con la finalidad de cubrir las necesidades de las Fuerzas Armadas, en casos de movilización, por grave amenaza o peligro inminente para la Seguridad y Defensa Nacional;

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM se declaró el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), debido a las graves circunstancias que afectan la vida la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, siendo prorrogado mediante Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM y N° 083-2020-PCM, habiendo dispuesto este último la prórroga del estado de excepción hasta el 24 de mayo de 2020;

Que, durante la vigencia del Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas desempeñan funciones en apoyo a la Policía Nacional del Perú relativas al aislamiento social obligatorio, realizando verificaciones e intervenciones de...

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