DECRETO DE URGENCIA, N° 060-2020, PODER EJECUTIVO, DECRETOS DE URGENCIA - Decreto de Urgencia que autoriza Transferencias Financieras a favor de las entidades pertenecientes al Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable, para afrontar la emergencia sanitaria producida por el COVID 19-DECRETO DE URGENCIA-N° 060-2020

Fecha de disposición23 Mayo 2020
Fecha de publicación23 Mayo 2020

DECRETO DE URGENCIA

Nº 060-2020

DECRETO DE URGENCIA QUE AUTORIZA TRANSFERENCIAS FINANCIERAS A FAVOR DE LAS ENTIDADES PERTENECIENTES AL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

NO REEMBOLSABLE, PARA AFRONTAR LA EMERGENCIA SANITARIA PRODUCIDA

POR EL COVID 19

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Organización Mundial de la Salud (OMS) eleva la alerta por el COVID-19 a “nivel muy alto” en todo el mundo, tras los casos de brote que se han detectado en más de ciento ochenta (180) países;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19, para reducir el impacto negativo en la población, ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de su población, y adoptar acciones destinadas a prevenir situaciones y hechos que conlleven a la configuración de éstas;

Que, en el escenario de trasmisión comunitaria actual y frente a la curva de incremento de casos en el territorio nacional, es necesario implementar medidas adicionales para mejorar la capacidad de las entidades públicas para la contención de la pandemia producida por el COVID-19 y mitigar sus efectos;

Que, conforme a la Ley Nº 28875, Ley que crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2019-RE, el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable, también denominado Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Técnica Internacional, lo integran, entre otros, las entidades del Poder Ejecutivo, Gobierno Regionales y Gobiernos Locales;

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, como ente rector de la Cooperación Técnica Internacional y del Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Técnica Internacional, diseña, formula, regula y aprueba la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional, así como dirige, articula, coordina, opera y regula el Sistema;

Que, los integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Técnica...

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