RESOLUCION, N° 000052-2020-PRE/INDECOPI, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - Designan Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de la Oficina Regional de La Libertad-RESOLUCION-N° 000052-2020-PRE/INDECOPI

Fecha de disposición08 Mayo 2020
Fecha de publicación14 Mayo 2020

Designan Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de la Oficina Regional de La Libertad

RESOLUCIÓN Nº 000052-2020-PRE/INDECOPI

San Borja, 8 de mayo del 2020

VISTOS:

Los Informes Nº 000007-2020-GOR/INDECOPI, Nº 000058-2020-GRH/INDECOPI, Nº 000187-2020-GEL/INDECOPI, Nº 000023-2020-GEG/INDECOPI, Nº 000033-2020-GEG/ INDECOPI; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los Jefes de los Órganos Resolutivos de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor;

Que, el primer párrafo del artículo 127 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por la Ley Nº 29571, establece que el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor se encuentra a cargo de un jefe, que es designado por el Consejo Directivo del INDECOPI;

Que, el artículo 49-C del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que para la designación y remoción de los Jefes de los Órganos Resolutivos de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor, son de aplicación las normas de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, que regulan la designación y vacancia de los comisionados;

Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los Comisionados es de cinco (05) años, pudiendo ser designados por un período adicional;

Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 034-2015-INDECOPI/COD, publicada el 4 de marzo de 2015 en el Diario Oficial El Peruano, se designó al señor Gustavo Adolfo Ayón Aguirre como Jefe del Órgano Resolutivo...

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