DECRETO LEGISLATIVO, N° 1475, PODER EJECUTIVO, DECRETOS LEGISLATIVOS - Decreto Legislativo que dispone la reactivación y promoción de la actividad artesanal a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19-DECRETO LEGISLATIVO-N° 1475

Fecha de disposición03 Mayo 2020
Fecha de publicación03 Mayo 2020
MateriaDerecho Procesal

DECRETO LEGISLATIVO

Nº 1475

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

Que, mediante Ley N° 31011, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, por un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario;

Que, por el numeral 9) del artículo 2 del citado dispositivo legal se ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de protección a los sectores productivos, extractivos y de servicios, con el objeto de dictar medidas que permitan reactivar y promover la agricultura y riego, pesca artesanal y acuicultura, minería, industria, turismo, artesanía y otros afines, así como las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19;

Que, el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), establece que el referido Ministerio, en materia de turismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía;

Que, por su parte, el artículo 3 del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, modificado mediante Decreto Supremo N° 002-2015-MINCETUR, establece que el MINCETUR promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía;

Que, en ese sentido, es necesario que, en el marco de sus competencias, el MINCETUR destine recursos para reactivar y promover la actividad artesanal, con el objetivo de reducir el impacto del COVID -19 en la economía peruana, impulsando la recuperación económica, el fomento de los canales de promoción y comercialización de la artesanía, y la formalización de las unidades económicas vinculadas a la actividad artesanal (artesanos, asociaciones de artesanos, empresas y cooperativas artesanales) que les...

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