RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000127-2020-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Habilitan a los jueces de paz para que en el período del Estado de Emergencia Nacional, continúen con la función notarial en el ámbito de su competencia territorial y dictan diversas disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000127-2020-CE-PJ

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición26 de Abril de 2020

Habilitan a los jueces de paz para que en el período del Estado de Emergencia Nacional, continúen con la función notarial en el ámbito de su competencia territorial, y dictan diversas disposiciones

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000127-2020-CE-PJ

Lima, 26 de abril del 2020

VISTO:

El informe presentado por la señora Consejera Mercedes Pareja Centeno, referido a las facultades de los jueces de paz durante el periodo del Estado de Emergencia Nacional.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el numeral cinco de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020, de fecha 15 de marzo de 2020, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, estableció que corresponde al el Poder Judicial y a los organismos constitucionales autónomos disponer la suspensión de los plazos procesales y procedimentales que consideren necesarios, a fin de no perjudicar a los ciudadanos; así como las funciones que dichas entidades ejercen.

Segundo. Que el Consejo Ejecutivo del Poder...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR