ORDENANZA, N° 453-MDS, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO - Ordenanza que declara prioridad del Gobierno Municipal de Surquillo, la implementación de la 'Alianza Metropolitana por la Seguridad y Salud en el Trabajo', y establece condiciones para el adecuado cumplimiento de sus fines y objetivos-ORDENANZA-N° 453-MDS
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 9 de Abril de 2020 |
Ordenanza que declara prioridad del Gobierno Municipal de Surquillo, la implementación de la “Alianza Metropolitana por la Seguridad y Salud en el Trabajo”, y establece condiciones para el adecuado cumplimiento de sus fines y objetivos
ORDENANZA Nº 453-MDS
Surquillo, 28 de febrero de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SURQUILLO:
POR CUANTO:
VISTO; el Dictamen Nº 009-2020-CAPPR-CM-MDS de fecha 25 de febrero de 2020 emitido por la Comisión de Administración, Planeamiento, Presupuesto y Rentas; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, conforme con lo establecido en el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-TR; constituye el principal instrumento para la generación de una cultura de prevención de riesgos laborales en el Perú y tiene por objeto prevenir los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y reducir los daños que se pudieran ocasionar a la salud de los trabajadores y trabajadoras, que sean consecuencia del trabajo, guarden relación con la actividad laboral o sobrevengan durante el trabajo que éstos realizan;
Que, dicha Política se encuentra en concordancia con el Plan Bicentenario: “El Perú hacia el 2021”; aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM; el mismo que contempla como una de sus acciones estratégicas del Objetivo Específico 2 correspondiente al Eje Estratégico 4: “Promover el cumplimiento de la normatividad en materia de derechos fundamentales, derechos sociolaborales, de seguridad y salud en el trabajo”;
Que, el Eje Estratégico 6 de la Política Nacional antes citada, se encuentra referida al...
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