RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000114-2020-P-CSJPPV-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Reconocen y felicitan a magistrados y personal jurisdiccional y administrativo por su ardua labor para garantizar la administración de justicia durante el aislamiento social-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000114-2020-P-CSJPPV-PJ

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición 7 de Abril de 2020

Reconocen y felicitan a magistrados y personal jurisdiccional y administrativo por su ardua labor para garantizar la administración de justicia durante el aislamiento social

Corte Superior de Justicia de

Puente Piedra - Ventanilla

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000114-2020-P-CSJPPV-PJ

Ventanilla, 6 de abril de 2020

VISTO: Los acuerdos adoptados en la sesión extraordinaria de Sala Plena de fecha 3 de abril de 2020.

CONSIDERANDO:

Primero. Mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de marzo de 2020, el Presidente de la República declaró, por el término de quince (15) días calendario, el Estado de Emergencia Nacional y dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19.

Segundo. Mediante la Resolución Administrativa Nº 115-2020-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2020, en aras de garantizar un óptimo servicio de administración de justicia y, a su vez, preservar la salud y el bienestar de los señores jueces, funcionarios y personal auxiliar, el Consejo Ejecutivo estableció que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país designaran los órganos de jurisdiccionales y administrativos indispensables en el periodo de emergencia.

Tercero. En ese sentido, mediante la Resolución Administrativa N° 107-2020-P-CSJPPV-PJ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR