DECRETO SUPREMO, N° 057-2020-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de Pliegos del Gobierno Nacional, de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales-DECRETO SUPREMO-N° 057-2020-EF

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición24 de Marzo de 2020

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención;

Que, a través del Decreto Supremo N° 091-2017-PCM se aprueba el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, al que se refiere la Ley N° 30556;

Que, el numeral 50.3 del artículo 50 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que para efectos de contar con la certificación de crédito presupuestario a que se refieren el numeral 10.2 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 006-2018 y el numeral 47.2 del artículo 47 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y sólo en aquellos casos en el que los pliegos respectivos no cuenten con los recursos correspondientes asignados en su Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), el pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC debe realizar las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional correspondientes, de forma previa a la emisión por parte de la entidad respectiva de la referida certificación de crédito presupuestario de las intervenciones por las cuales se ha emitido la constancia respecto a la previsión de recursos. Dichas modificaciones presupuestarias se financian con cargo a los recursos a los que se refiere el literal c) del numeral 49.1 del artículo 49 del citado Decreto de Urgencia, así como con los recursos que fueran habilitados a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC, y de acuerdo con el monto que se ejecuta en el Año Fiscal 2020;

Que, el literal c) del numeral 49.1 del artículo 49 del citado Decreto de Urgencia, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 2 365 666 163,00 (DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), de los cuales corresponde hasta por la suma de
S/ 157 200 000,00 (CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y hasta por la suma de
S/ 2 208 466 163,00 (DOS MIL DOSCIENTOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC, para el financiamiento de las intervenciones incluidas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, lo que comprende, de ser necesario, el financiamiento de los fines del Fondo al que se refiere el numeral 49.6, y de los gastos para el funcionamiento de dicha unidad ejecutora;

Que, mediante Decreto Supremo N° 038-2020-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 263 696 243,00 (DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), de dos (02) pliegos del Gobierno Nacional, de dos (02) Gobiernos Regionales y de la Municipalidad Distrital de San...

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