RESOLUCION MINISTERIAL, N° 96-2020-MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Autorizan Transferencia Financiera del Ministerio a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, destinada a financiar la contratación de los servicios necesarios para garantizar la continuidad de los servicios de salud-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 96-2020-MINSA
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 18 de Marzo de 2020 |
Lima, 18 de marzo del 2020
VISTO, el Expediente N° 20-026301-003, que contiene el Informe N° 149-2020-OP-OGPPM/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Memorándum N° 610-2020-DGOS/MINSA e Informe N° 011-2020-WSST-DIMON-DGOS/MINSA, emitido por la Dirección General de Operaciones en Salud, y la Nota Informativa N° 214-2020-OGAJ/MINSA, emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se expidió la Resolución Ministerial N° 1168-2019/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2019, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2020 del Pliego 011: Ministerio de Salud;
Que, con Decreto de Urgencia Nº 025-2020, se dictan medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID-19 en el territorio nacional; estableciéndose en su artículo 1 que su objeto es dictar medidas urgentes destinadas a reforzar el sistema de vigilancia y respuesta sanitaria frente al grave peligro de la propagación de la enfermedad causada por un nuevo coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, a efectos de establecer mecanismos inmediatos para la protección de la salud de la población y minimizar el impacto sanitario de situaciones de afectación a ésta;
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 025-2020 autoriza excepcionalmente durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Salud a realizar transferencias financieras a favor de las unidades ejecutoras de salud de los pliegos Gobiernos Regionales, para la contratación de servicios necesarios para garantizar la continuidad de los servicios de salud, así como a realizar la prestación de servicios complementarios, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N°1154, Decreto Legislativo que autoriza los Servicios Complementarios en Salud, su Reglamento y demás normas complementarias; asimismo, conforme con el numeral 5.2 del citado artículo, las mencionadas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del...
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