ORDENANZA, N° 691-MDEA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO - Ordenanza sobre participación comunitaria en los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana (COVESC) de El Agustino-ORDENANZA-N° 691-MDEA

Fecha de disposición18 Marzo 2020
Fecha de publicación18 Marzo 2020

Ordenanza sobre participación comunitaria en los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana (COVESC) de El Agustino

ORDENANZA Nº 691-MDEA

El Agustino, 13 de Marzo del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

EL AGUSTINO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO:

VISTO: en sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 13 marzo del año 2020, el Informe Nº 094- GAJ-MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de Ordenanza sobre la Participación Comunitaria en los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana (COVESC), y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que el artículo numeral 13 de la Ley Nº 27972, establece que toda persona tiene derecho a asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organización jurídica sin fines de lucro, sin autorización previa y con arreglo a ley. No pueden ser disueltas por resolución administrativa;

Que, el artículo 113º, inciso 6 de la Ley Nº 27972, establece que: “El vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y provincia, mediante uno o más de los mecanismos: Participación a través de Juntas Vecinales, Comités de Vecinos, Asociaciones Vecinales, Organizaciones Comunales, sociales u otras similares de naturaleza vecinal”;

Que, el artículo , inciso 34 de la Ley Nº 27972, establece que: “Corresponde al Concejo Municipal: Aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, a propuesta del alcalde, así como reglamentar su funcionamiento”;

Que, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana - Ley Nº 27933 en su artículo 16º, último párrafo dispone que…” Los miembros del Comité Distrital, en base a la realidad particular de sus respectivos distritos, deberán incorporar a otras autoridades del Estado o representantes de las instituciones civiles que consideren conveniente.”;

Que, los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana (COVESC), no pertenecen a la estructura orgánica de la Municipalidad de El Agustino ni a la Policía Nacional del Perú, tienen por objetivo mejorar los niveles de seguridad y la prevención de delito y de actos antisociales mediante la participación activa de la comunidad, es decir, desde el año 2007 venían funcionando, como organizaciones voluntarias, autónomas, apolíticas, de vecinos que se juntaban sin fines de lucro, para apoyar la seguridad ciudadana del distrito a través del CODISEC; pero el año 2017 la gestión Municipal del periodo 2015-2018, argumentando que, los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana- COVESC, cumplían la misma función que las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, por tal motivo decidieron derogar la Ordenanza Nº 333-MDEA (aprobada con fecha 7 de mayo del 2007) que aprobaba la participación comunitaria en los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana del distrito de El Agustino (COVESC) mediante la Ordenanza Nº 629-2017-MDEA con fecha 7 de setiembre 2017;

Que, del Informe Nº 094-2020-GAJ-MDEA se establece que de la definiciones y facultades de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana como los COVESC, estas organizaciones no tenían una misma función, sino cada órgano vecinal cumplía una labor perfectamente definida en la Ley y la Ordenanza siendo por el contrario sus funciones coadyuvantes y complementarias en materia de Seguridad Ciudadana en el ámbito de sus competencias, por lo que el argumento esgrimido por la gestión anterior para derogar la Ordenanza Nº 333-MDEA no tuvo sustento legal alguno, y menos pudo ser disuelta por resolución administrativa, lo que atenta contra lo dispuesto por el artículo numeral 13 de la Constitución Política de Perú;

Que, en cumplimiento de las normas existentes, la municipalidad con el apoyo de la Policía Nacional del Perú, viene cerrando locales de bailes y discotecas, que atentan contra la seguridad y tranquilidad del vecindario y se vienen recuperando espacios públicos impidiendo fiestas sociales inseguras y sin autorización municipal; asimismo, se ha construido Módulos de Seguridad Ciudadana en los ingresos del distrito, se implementó el Serenazgo Distrital, el patrullaje motorizado del Serenazgo, que será reforzado con el “Plan Telarañita”, el patrullaje en bicicleta y a pie, la capacitación de nuestros serenos, entre otras medidas en beneficio de la comunidad agustiniana;

Que, corresponde a la Municipalidad distrital adoptar las acciones necesarias con el fin de fortalecer y promover la...

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