ORDENANZA, Nº 240-2020-MDP/C, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC - Ordenanza para Otorgamiento de Premio (S) a través de Sorteo por el Pago Puntual de Obligaciones Tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en la Jurisdicción del Distrito de Pachacamac-ORDENANZA-Nº 240-2020-MDP/C

Fecha de disposición06 Febrero 2020
Fecha de publicación21 Febrero 2020

Pachacámac, 6 de febrero de 2020.

EL CONCEJO DISTRITAL DE PACHACAMAC EN

SESIÓN EXTRAORDINARIA

VISTO:

El Informe N° 014-2020-MDP/GR-SGRR de la Sub Gerencia de Registros y Recaudación, el Informe N° 009-2020-MDP/GR de la Gerencia de Rentas y el Informe N° 029-2020-MDP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de “ORDENANZA PARA OTORGAMIENTO DE PREMIO(S) A TRAVÉS DE SORTEO POR EL PAGO PUNTUAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE PACHACAMAC”; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el artículo 200º, Inc. 4) de la Constitución tienen rango de Ley, al igual que las Leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las normas de carácter general;

Que, de acuerdo con los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así mismo, representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, es necesario establecer en la jurisdicción del distrito el reconocimiento a los vecinos que cumplen puntualmente con el pago de sus obligaciones tributarias, de las cuales son sujetos pasivos en esta jurisdicción;

Que, la presente Administración considera pertinente disminuir el grado de morosidad de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del Distrito de Pachacámac, incentivando a través del sorteo de un automóvil “0” Km. y premios adicionales, la disminución de la brecha morosidad-pago; tendiendo con ésta acción a incrementar los niveles de cumplimiento;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2000-IN, se aprueba el Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con fines Sociales, en cuyo artículo 3º, se precisa que el citado dispositivo, alcanza a todas las personas jurídicas legalmente constituidas que realicen, bajo cualquier modalidad, Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales, a las que para efectos del presente Reglamento se denominan ENTIDADES, siempre y cuando el valor total de los premios o artículos ofrecidos, según corresponda, exceda del 15% de la UIT.

Son sujetos de autorización para efectuar Promociones Comerciales las empresas legalmente constituidas.

Son sujetos de autorización para llevar a cabo Rifas con Fines Sociales las asociaciones...

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