ORDENANZA, N° 001-2020-CM/MPH-M., GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - Establecen Tasa de Interés Moratorio aplicable a obligaciones tributarias que administra la Municipalidad Provincial de Huarochiri - Matucana-ORDENANZA-N° 001-2020-CM/MPH-M.

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición12 de Febrero de 2020

Matucana, 12 de febrero de 2020

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE HUAROCHIRÍ-MATUCANA.

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, en el uso de sus facultades establecidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, desarrollada el 10 de febrero de 2020, el Pleno del Concejo, ha Aprobado por Unanimidad la Ordenanza Municipal siguiente, ORDENANZA QUE APRUEBA LA TASA DE INTERÉS MORATORIO - TIM, APLICABLE A LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS QUE ADMINISTRA LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ – MATUCANA, Y;

VISTO:

El Acuerdo de Concejo Nº 018-2020-CM/MPH-M, de fecha 12/02/2020, el Informe Nº 0010-2020-GAT/MPH-M, de fecha 07/02/2020, de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 49-2020/GAJ-MPH-M, de fecha 07/02/2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 0081-2020-GM-MPH-M, de fecha 10/02/2020, de la Gerencia Municipal;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 refiere que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el inciso 8 del Artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que es...

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