RESOLUCION, N° 0052-2020-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran la nulidad del acto de notificación del Acuerdo de Concejo N° 002-2020-MDB, referido a solicitud de vacancia presentada contra regidor del Concejo Distrital de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao-RESOLUCION-N° 0052-2020-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2020

Expediente Nº JNE.2019005214

BELLAVISTA - CALLAO

TRASLADO

Lima, cuatro de febrero de dos mil veinte.

VISTO el Oficio Nº 07-2020-MDB/GSG, recibido el 28 de enero de 2020, remitido por el secretario general (e) de la Municipalidad Distrital de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao, mediante el cual remite documentación relacionada con la solicitud de vacancia presentada por César Alfredo Ramírez Lescano en contra del regidor Alberto Ledvir Meca Manrique, por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; teniendo a la vista el Expediente Nº JNE.2020006155.

ANTECEDENTES

El 28 de noviembre de 2019, César Alfredo Ramírez Lescano solicitó ante el Jurado Nacional de Elecciones la vacancia de Alberto Ledvir Meca Manrique, regidor del Concejo Distrital de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao, por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

En vista de ello, a través del Auto Nº 1, del 29 de noviembre de 2019 (fojas 14 a 16), este órgano colegiado trasladó el mencionado pedido al concejo municipal, a fin de que emita un pronunciamiento en primera instancia.

En ese contexto, mediante el Oficio Nº 00288-2020-SG/JNE, del 21 de enero de 2020 (fojas 47 y 48), se solicitó a la entidad edil toda la documentación sobre el trámite del pedido de vacancia seguido por César Alfredo Ramírez Lescano en contra del referido regidor.

Así las cosas, con el Oficio Nº 07-2020-MDB/GSG, recibido el 28 de enero de 2020, que obra a fojas 1 del Expediente Nº JNE.2020006155, el secretario general de dicha comuna informó lo siguiente:

  1. Además de la solicitud de vacancia, incoada por César Alfredo Ramírez Lescano, se presentó directamente ante el concejo municipal el pedido de vacancia promovido por Javier Rubén Salas Ramírez.

  2. Dado que dichos pedidos de vacancia están dirigidos en contra de la misma autoridad edil, por la misma causal de vacancia y por los mismos hechos, se convocó a los referidos solicitantes para que asistan a la sesión extraordinaria a realizarse el 18 de enero de 2020, a fin de resolver sus peticiones.

  3. En dicha sesión extraordinaria se acordó acumular ambos pedidos. Asimismo, se dejó constancia de la asistencia de Javier Rubén Salas Ramírez y de la ausencia de César Alfredo Ramírez Lescano.

  4. Asimismo, en el Acuerdo de Concejo Nº 002-2020-MDB, del 18 de enero de 2020 (fojas 50 a 55 del Expediente Nº JNE.2020006155), el concejo municipal resolvió “rechazar la vacancia solicitada por el ciudadano Javier Rubén Salas Ramírez, en contra del regidor Alberto Ledvir Meca Manrique”, y se dispuso “cúmplase con notificar el presente Acuerdo de Concejo al ciudadano Javier Rubén Salas Ramírez”. Así, Javier Rubén Salas Ramírez interpuso recurso de apelación en su...

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