ORDENANZA, N° 001-2020-MDM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES - Crean el Programa Municipal de Vivienda en Lotes Productivos conforme las Leyes N°s 28099, 28466 y 28630, establece el Régimen General de Disposición de Bienes Inmuebles y regula la transferencia de inmuebles a favor de entidades del Estado-ORDENANZA-N° 001-2020-MDM

EmisorMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES
Fecha de la disposición12 de Febrero de 2020

Majes, 3 de febrero del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

MAJES

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Distrital de Majes en Sesión Extraordinaria Nro. 01 de fecha 23 de enero de 2020, bajo la presidencia del Arq. Renee Cáceres Falla y la existencia del quórum reglamentario de regidores, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de Concejo; ha adoptado.

VISTO:

El Informe Nº 01 y 02-2020-ALC-GM-MDM de Asesores Externos; Informe Nº 000051-2020/DFYT-MDM del Departamento de Formalización y Titulación de Predios; Informe Nº 000015-2020/SGFYTP/MDM de la Sub Gerencia de Formalización y Titulación de Predios; Dictamen Nº 000012-2020/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Dictamen Nº 033-CORDT-2020-MDM de la Comisión Ordinaria de Regidores para el Desarrollo Territorial; Proveído Nº 000027-2020/A/MDM del Despacho de Alcaldía; el Acuerdo de Concejo adoptado de fecha 31 de enero de 2020; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, consagra el concepto de Autonomía Municipal, como la Garantía Institucional sobre la base de la cual las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esto concordante con lo preceptuado en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 27972.

Que, en mérito a la Ley Nº 28099, del 08 de noviembre del 2003 y sus modificatorias, Leyes Nº 28466 y Nº 28630, del 13 de enero y 10 de noviembre del 2005, respectivamente, la Municipalidad Distrital de Majes, dentro del ámbito de su jurisdicción, es titular en calidad de propietaria de 6,200 hectáreas de terrenos destinados a fines de desarrollo urbano. En los Planos proporcionados por la Sub Gerencia de Formalización y la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano se aprecia el detalle de las áreas consideradas en el ámbito de la legislación referida. Previa exclusión de los predios afectados en uso al 08 de noviembre del 2003, así como de los predios transferidos a favor de terceros, la Superintendencia de Bienes Nacionales ha transferido a favor de esta Municipalidad, 364 predios de propiedad del Estado, mediante Resoluciones Nº 087-2004/SBN-GO-JAD y Nº 088-2004/SBN-GO-JAD, de fechas 12 de noviembre y 16 de noviembre del 2004, respectivamente; y, posteriormente, 137 predios de propiedad del Estado por Resolución Nº 130-2006/SBN-GO-JAD, de fecha 25 de septiembre del 2006.

Que, la totalidad de los bienes inmuebles transferidos a la Municipalidad Distrital de Majes, se encuentra inscrita en el Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa mediante Título Nº 2007-00046676. Estos predios constituyen bienes de dominio privado por lo que la Municipalidad ejerce sobre ellos el derecho de propiedad con todos sus atributos entendiéndose dentro de estos el uso, disfrute, facultad de disposición y reivindicación en armonía con el interés social y dentro del marco legal vigente.

Que, mediante Informe Nº 000051-2020/DFYT-MDM del Departamento de Formalización y Titulación de Predios se opina que el proyecto de Ordenanza que Crea el Programa Municipal de Vivienda en Lotes Productivos, conforme a las Leyes Nº 28099, Nº 28466 y Nº 28630, establece el Régimen General de Disposición de Bienes Inmuebles y Regula la Transferencia de Inmuebles a favor de Entidades del Estado, contenido y presentado a través del Expediente Nº 00002284-2020, sea puesto a consideración de sesión del pleno de Concejo Municipal; ello fue ratificado por la Sub Gerencia de Formalización y Titulación de Predios mediante Informe Nº 000015-2020/SGFYTP/MDM.

Que, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Dictamen Nº 000012-2020/SGAJ/MDM, opina que el proyecto de Ordenanza que Crea el Programa Municipal de Vivienda en Lotes Productivos, conforme a las Leyes Nº 28099, Nº 28466 y Nº 28630, establece el Régimen General de Disposición de Bienes Inmuebles y Regula la Transferencia de Inmuebles a favor de Entidades del Estado, ha sido debidamente evaluado por la Sub Gerencia de Formalización y Titulación de Predios, por lo que corresponde remitir al Concejo Municipal, para que en uso de sus atribuciones proceda a evaluar y en su caso aprobar el proyecto. Asimismo, es competencia del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, en tal sentido corresponderá su aprobación y determinará la derogación de la Ordenanza Municipal Nº 016-2017-MDM. Teniéndose la opinión favorable de la Comisión Ordinaria de Regidores para el Desarrollo Territorial a través del Dictamen Nº 033-CORDT-2020-MDM.

Que, conforme lo preceptúa el Artículo 9º numeral 8 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”.

Que, según lo establecido en el Artículo 20º numeral 3 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Alcalde ejecutar los acuerdos de Concejo Municipal, bajo responsabilidad.

Que, de conformidad a lo dispuesto por el inciso 2 del Art. 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 respecto a las atribuciones y obligaciones de los Regidores concordante con las facultades conferidas por el Artículo 14º, del Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Majes, promulgada mediante Ordenanza Municipal Nro. 016-2007-MDM y modificada mediante Ordenanza Municipal Nro. 021-2007-MDM, puesto a consideración del Pleno del Concejo Municipal, en sesión extraordinaria, con la votación por mayoría, con dispensa de trámite de lectura y aprobación de acta, aprobó la siguiente Ordenanza:

Artículo 1º Objeto

La presente Ordenanza tiene por objeto reducir los niveles de pobreza permitiendo adquirir la propiedad del suelo para la construcción de viviendas de interés social con acceso al crédito y la generación de ingresos a través del emprendimiento individual y familiar.

Para ello, crea el Programa Municipal de Vivienda en Lotes Productivos a ejecutar en el PEU020 -y otros predios de expansión urbana-, transferido a favor de la Municipalidad Distrital de Majes mediante las Leyes Nº 28099, Nº 28466 y Nº 28630 y mediante Resolución 130-2006/SBN-GO-JAD, del 25 de septiembre del 2006; asimismo establece los lineamientos y procedimientos técnicos aplicables a la disposición de bienes inmuebles y a la transferencia de inmuebles a favor de entidades del Estado con fines de desarrollo urbano.

Artículo 2º Justificación

La presente contiene normas reglamentarias para lo dispuesto en las Leyes Nº 28099, Nº 28466 y Nº 28630, con el fin de propiciar un crecimiento urbano planificado con vista al futuro, teniendo presente que el Distrito de Majes es el segundo centro urbano más importante en la Región Arequipa.

Al respecto, se considerará que las referidas Leyes han establecido una situación de hecho sui generis que concierne exclusivamente a la Municipalidad Distrital de Majes y que no cuenta con antecedentes a nivel nacional ni se encuentra contemplada en la legislación peruana vigente.

Artículo 3º Ámbito de aplicación

Los mecanismos de disposición de bienes inmuebles con fines de...

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