RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 021-2019-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Aprueban el 'Plan de Liquidación Procesal en Órganos Jurisdiccionales que tramitan la Ley N° 26636, para el año 2020'-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 021-2019-CE-PJ

Fecha de disposición11 Febrero 2020
Fecha de publicación11 Febrero 2020
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Aprueban el “Plan de Liquidación Procesal en Órganos Jurisdiccionales que tramitan la Ley Nº 26636, para el año 2020”

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 021-2020-CE-PJ

Lima, 15 de enero de 2020

VISTO:

El Oficio Nº 768-2019-P-ETII.NLPT-CE-PJ cursado por el señor Javier Arévalo Vela, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, mediante el cual remite el Informe Nº 351-2019-ST-ETIINLPT-PJ, relacionado al Proyecto de Liquidación de Expedientes de la Ley Nº 26636 para el año 2020.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, a nivel nacional, el Poder Judicial brinda el servicio de justicia laboral a través de dos leyes procesales: i) La Ley Nº 26636, derogada mediante la Ley Nº 29497, pero aún vigente en aquellos distritos judiciales donde ésta última aún no ha sido implementada; así como en los que se encuentra pendiente la liquidación de los procesos tramitados con la referida norma; y, ii) La Ley Nº 29497, que se efectivizó a partir del año 2010.

Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 402-2019-CE-PJ, del 9 de octubre de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Plan de Liquidación Procesal en órganos jurisdiccionales que tramitan la Ley Nº 26636, para el año 2019”, con la finalidad de dotar de personal de apoyo a los órganos jurisdiccionales que presenten mayor carga procesal de la Ley Nº 26636.

Tercero. Que, el plan de liquidación de expedientes de la Ley Nº 26636 para el 2019 tenía como objetivo liquidar los expedientes en trámite en un 100%, en las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca, Callao, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Piura y Sullana. No obstante, conforme a los resultados, se registró un avance del 52% respecto al impulso de expedientes en trámite; esto debido al corto tiempo de duración del proyecto, paralización de labores por la huelga del personal jurisdiccional, contratación de personal; y las renuncias que se presentaron en su ejecución.

Cuarto. Que, en ese contexto, a fin de continuar con el proceso de liquidación de los expedientes en trámite e impulsar la liquidación de los expedientes en ejecución referidos a la Ley Nº 26636, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva...

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