RESOLUCION JEFATURAL, N° 009-2020/SIS, ORGANISMOS EJECUTORES, SEGURO INTEGRAL DE SALUD - Aprueban Transferencia Financiera para el financiamiento de prestaciones de salud y administrativas, brindadas a los asegurados del SIS en el marco de los Convenios, Actas y Adendas suscritos con los Gobiernos Regionales-RESOLUCION JEFATURAL-N° 009-2020/SIS

Fecha de publicación08 Febrero 2020
Fecha de disposición07 Febrero 2020

Lima, 7 de febrero de 2020

VISTOS: El Informe Conjunto N° 003-2020-SIS/GNF-SGF-PMRA/SGRF-VMMG con Proveído N° 076-2020-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Informe N° 004-2020-SIS/OGPPDO-OSJ con Proveído N° 022-2020-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; y, el Informe N° 052-2020-SIS/OGAJ/DE con Proveído N° 052-2020-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituido en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;

Que, de conformidad con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, la transferencia de fondos o pagos que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables. En ese sentido, a través de los convenios y contratos suscritos con las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) públicas y privadas...

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