RESOLUCION, N° 014-2020-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Modifican el artículo 1 de la Res. N° 073-2014-OS/CD, sustituyendo al representante titular de Osinergmin en la Comisión Consultiva a que se refiere el D.U N° 010-2004-RESOLUCION-N° 014-2020-OS/CD

EmisorORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Fecha de la disposición 7 de Febrero de 2020

Modifican el artículo 1 de la Res. N° 073-2014-OS/CD, sustituyendo al representante titular de Osinergmin en la Comisión Consultiva a que se refiere el D.U N° 010-2004

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN N° 014-2020-OS/CD

Lima, 5 de febrero de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 010-2004 y sus modificatorias se creó el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo (en adelante “Fondo”), como un fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petróleo crudo y sus derivados se trasladen a los consumidores nacionales;

Que, de acuerdo con el numeral 4.1 del Decreto de Urgencia N° 010-2004, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “Osinergmin”) debe publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar la Banda de Precios Objetivo para cada uno de los productos comprendidos dentro del Fondo. Según el numeral citado, dicha actualización debe realizarse en coordinación con una Comisión Consultiva presidida y convocada por Osinergmin e integrada por representantes del Ministerio de Energía y Minas y del Ministerio de Economía y Finanzas, así como de las principales empresas establecidas en el país vinculadas a la producción y/o importación de los Productos;

Que, con Resolución N° 169-2010-OS/CD, se designó a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (actualmente denominada Gerencia de Regulación de Tarifas) de Osinergmin, como el área encargada de actualizar las Bandas de Precios Objetivos y publicarlas en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto en las Normas Reglamentarias y Complementarias del Decreto de Urgencia N° 010-2004, aprobadas por Decreto Supremo N° 142-2004-EF, y sus normas modificatorias;

Que, mediante Resolución N° 073-2014-OS/CD modificada con Resolución N° 139-2019-OS/CD, se designó a los siguientes funcionarios: el Ingeniero Miguel Juan Révolo Acevedo como representante titular, y al Ingeniero Michael Antonio Moleros Cuestas como representante alterno de Osinergmin...

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