RESOLUCION JEFATURAL, N° 004-2020/SIS, ORGANISMOS EJECUTORES, SEGURO INTEGRAL DE SALUD - Aprueban Transferencia Financiera para el financiamiento de las prestaciones de salud y administrativas, brindadas a los asegurados del SIS-RESOLUCION JEFATURAL-N° 004-2020/SIS

EmisorSEGURO INTEGRAL DE SALUD
Fecha de la disposición31 de Enero de 2020

Lima, 31 de enero de 2020

VISTOS: El Informe Conjunto Nº 002-2020-SIS/GNF-SGF-PMRA/SGRF-VMMG con Proveído Nº 065-2020-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Informe Nº 009-2020-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído Nº 016-2020-SIS/OGPPDO y el Informe Nº 010-2020-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído Nº 017-2020-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; y, el Informe Nº 043-2020-SIS/OGAJ-DE con Proveído Nº 043-2020-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituido en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;

Que, de conformidad con el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, la transferencia de fondos o pagos que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables. En ese sentido, a través de los convenios y contratos suscritos con las instituciones...

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