RESOLUCION, Nº 003-2020-SUNASS-CD, ORGANISMOS REGULADORES, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO - Disponen difusión de proyecto de resolución de Consejo Directivo que aprobaría: la Norma complementaria al Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario; la modificación del Anexo N° 4 del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las EPS y la incorporación del indicador de gestión “Índice de cumplimiento de la normativa de VMA” al Sistema de Indicadores de Gestión de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento-RESOLUCION-Nº 003-2020-SUNASS-CD

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Fecha de la disposición17 de Enero de 2020

Lima, 17 de enero de 2020

VISTO:

El Informe Nº 002-2020-SUNASS-DPN de las direcciones de Políticas y Normas y Fiscalización, el cual contiene la propuesta de: i) Norma complementaria al Decreto Supremo N° 010-2019-VIVIENDA, Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, ii) Modificación del Anexo N° 4 del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las EPS, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2007-SUNASS-CD, iii) Incorporación del indicador de gestión “Índice de cumplimiento de la normativa de VMA” al Sistema de Indicadores de Gestión de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 010-2006-SUNASS-CD y su correspondiente exposición de motivos.

CONSIDERANDO:

Que, el literal c) del artículo 3.1 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobada por Ley Nº 27332 y modificada por Ley N° 27631, faculta a los organismos reguladores a dictar, en el ámbito y materia de su competencia, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios.

Que, el artículo 5 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, establece el Principio de Transparencia, en virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias, para su aprobación, deben ser previamente publicadas a fin de que los interesados tengan la oportunidad de expresar su opinión.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la SUNASS y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº...

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