ORDENANZA, Nº 333/MLV, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA - Ordenanza que modificael artículo 6° de la Ordenanza N° 299/MLV que prohíbe dejar vehículos abandonados o que interrumpan la libre circulación en la vía pública del distrito de La Victoria-ORDENANZA-Nº 333/MLV

Fecha de disposición08 Enero 2020
Fecha de publicación08 Enero 2020
MateriaDerecho Público y Administrativo

Ordenanza que modifica el artículo 6° de la Ordenanza N° 299/MLV que prohíbe dejar vehículos abandonados o que interrumpan la libre circulación en la vía pública del distrito de La Victoria

ORDENANZA Nº 333/MLV

La Victoria, 17 de diciembre de 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA

VICTORIA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 17 de diciembre de 2019;

VISTO: El Dictamen Conjunto N° 009-2019-CPPAL-CDUT/MLV, de la Comisión de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales y Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972 y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de la misma forma el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley antes mencionada establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;

Que, el numeral 8) del artículo de la Ley Orgánica de Municipalidades establece como una atribución del concejo municipal, la de aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

Que, el artículo 40º del mismo cuerpo normativo establece: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR