RESOLUCION, Nº 0582-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resoluciones que declararon y dispusieron la exclusión de candidatos al Congreso de la República por el distrito electoral de Lima-RESOLUCION-Nº 0582-2019-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 5 de Enero de 2020

Expediente N° ECE.2020004610

LIMA

JEE LIMA CENTRO 1 (ECE.2020002897)

ELECCIONES CONGRESALES EXTRAORDINARIAS

2020

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veintiséis de diciembre de dos mil diecinueve.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Daniel Ronald Raa Ortiz, personero legal titular de la organización política Democracia Directa, en contra de la Resolución N° 001189-2019-JEE-LIC1/JNE, del 16 de diciembre de 2019, que declaró la exclusión de Walter Grados Aliaga, candidato de la referida organización política para el Congreso de la República, por el distrito electoral de Lima, en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Mediante la Resolución N° 000616-2019-JEE-LIC1/JNE, del 5 de diciembre de 2019, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 (en adelante, JEE) inscribió la lista de candidatos de la organización política Democracia Directa, por el distrito electoral de Lima, para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. Dicha lista incluyó al candidato Walter Grados Aliaga.

Con el Informe N° 008-2019-FPVM-FHV-JEE-LIMACENTRO1/JNE, de fecha 21 de noviembre de 2019, el fiscalizador de Hoja de Vida puso en conocimiento del JEE que el candidato Walter Grados Aliaga consignó, en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (en adelante, DJHV), dos (2) bienes inmuebles, sin embargo, se detectó que también es propietario de los predios inscritos en las Partidas Registrales N° 55163163 y N° 50140747, del Registro de Propiedad Inmueble de la zona registral IX - Sede Lima. Asimismo, se verifica que consignó dos (2) bienes muebles, sin embargo se verificó que también es propietario del vehículo de placa AGF884, inscrito en la Partida Registral N° 50176591 de la zona registral IX-Sede Lima.

Por medio de la Resolución N° 00760-2019-JEE-LIC1/JNE, del 9 de diciembre de 2019, el JEE corrió traslado a la referida organización política con el informe antes mencionado para que realice sus descargos, los que no fueron absueltos.

Sin embargo, obra en el expediente el escrito de aclaración de fecha 29 de noviembre de 2019, mediante el cual el personero de la referida organización política solicitó anotación marginal de la DJHV del candidato, señalando que los bienes inmuebles indicados como omitidos son propiedades de derecho sucesorio, y que el bien mueble fue vendido el 27 de diciembre de 2006, no obstante, el comprador no cumplió con pagar un saldo, razón por la cual no se realizó la transferencia contando con una sentencia que falló a su favor, ordenando a su comprador moroso otorgar la suma de dinero, sin embargo, no ha sido cumplido.

A través de la Resolución N° 01189-2019-JEE-LIC1/JNE, del 16 de diciembre de 2019, el JEE resolvió excluir al candidato Walter Grados Aliaga, por omitir consignar en su DJHV los inmuebles inscritos en las Partidas Registrales N° 55163163 y N° 50140747, del Registro de Propiedad Inmueble de la zona registral IX - Sede Lima, así como el vehículo de placa AGF884, inscrito en la Partida Registral N° 50176591 de la zona registral IX - Sede Lima, incurriendo así en la causal de exclusión establecida en el numeral 38.1 del artículo 38 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, aprobado mediante la...

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