RESOLUCION, Nº 0367-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de San Isidro, provincia y departamento de Lima-RESOLUCION-Nº 0367-2019-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 4 de Enero de 2020

Expediente Nº JNE. 2019007220

SAN ISIDRO - LIMA - LIMA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

Lima, doce de diciembre de dos mil diecinueve

VISTOS los actuados del presente expediente, sobre convocatoria de candidato no proclamado, presentado por Erick Arias Ventocilla, secretario general de la Municipalidad Distrital de San Isidro, provincia y departamento de Lima, debido a la vacancia de Javier José María Cipriani Thorne, regidor del referido concejo municipal, por la causal establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES

Mediante el Oficio Nº 155-2019-0600-SG/MSI, recibido el 7 de diciembre de 2019, el secretario general de la Municipalidad Distrital de San isidro, informó que, en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 02 de fecha 13 de noviembre de 2019 (fojas 57 a 62) y por Acuerdo de Concejo Nº 056-2019-MSI, de la misma fecha (fojas 43 a 45), se declaró fundada la solicitud de vacancia de Javier José María Cipriani Thorne, regidor del citado concejo distrital, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutiva prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), y se encargó efectuar las acciones administrativas que correspondan ante esta instancia electoral.

CONSIDERANDOS

  1. El artículo 23 de la LOM señala que la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

  2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en la norma antes citada...

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