RESOLUCION DIRECTORAL, N° 036-2019-EF/50.01, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban 'Directiva para la Ejecución Presupuestaria'-RESOLUCION DIRECTORAL-N° 036-2019-EF/50.01

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2019

Lima, 30 de diciembre de 2019

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes;

Que, conforme al numeral 22.1 del artículo 22 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el proceso presupuestario comprende las fases de Programación Multianual, Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación Presupuestaria, las mismas que se encuentran reguladas genéricamente por el citado Decreto Legislativo y complementariamente por las Leyes de Presupuesto del Sector Público y las Directivas que emita la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, asimismo, conforme al artículo 33 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la fase de Ejecución Presupuestaria se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre de cada año fiscal, periodo en el que se perciben los ingresos públicos y se atienden las obligaciones de gasto de conformidad con los créditos presupuestarios autorizados en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público y sus modificaciones;

Que, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas por el inciso 4 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, referidas a promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesario aprobar la Directiva para la Ejecución Presupuestaria a fin de establecer las pautas para la ejecución de los presupuestos institucionales de los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para el año fiscal respectivo;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/50.01 se dispone la entrada en vigencia de los artículos referidos en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1440, así como la progresividad de su implementación, determinándose, posteriormente, en el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 010-2019-EF/50.01, que los límites máximos de incorporación a los que hace referencia el artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, para el caso de los Gobiernos Locales, las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se implementan desde el 1 de enero de 2020;

Que, con la finalidad de garantizar la adecuada aplicación progresiva de las medidas contenidas en el artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, para el caso de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, es necesario ampliar el plazo establecido por el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 010-2019-EF/50.01 para la implementación del artículo 50 del mencionado Decreto Legislativo;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 y en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, así́ como sus Modelos, Formatos, Ficha y Guía, los que forman parte de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2. Aprobar el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2020 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, el que forma parte de la presente Resolución Directoral.

Artículo 3. Aprobar los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2020, los cuales forman parte de la presente Resolución Directoral, de acuerdo a lo siguiente:

− Clasificador Económico de Ingresos para el Año Fiscal 2020 (Anexo 1).

− Clasificador Económico de Gastos para el Año Fiscal 2020 (Anexo 2).

− Clasificador Institucional para el Año Fiscal 2020 (Anexo 3).

− Clasificador de Fuentes de Financiamiento y Rubros para el Año Fiscal 2020 (Anexo 4).

− Clasificador Geográfico para el Año Fiscal 2020 (Anexo 5).

La Dirección General de Presupuesto Público evalúa las solicitudes de modificaciones en los Clasificadores Económicos de Ingresos y de Gastos, e Institucional, propuestas por las entidades públicas a efectos de establecer la codificación correspondiente e inclusión dentro del respectivo Clasificador.

Artículo 4. Los Clasificadores Presupuestarios aprobados mediante la presente Resolución Directoral, no convalidan los actos o acciones que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, así como tampoco, en ningún caso, dichos Clasificadores Presupuestarios constituyen el sustento legal para la realización de operaciones de ingresos y gastos.

Asimismo, las partidas contempladas en los citados Clasificadores Presupuestarios, únicamente se utilizan para el registro de las transacciones que han sido contraídas por las entidades públicas en el marco de la normatividad vigente, orientadas al cumplimiento de sus tareas y/o funciones para la prestación de los servicios públicos, que legalmente les han sido encomendadas, para la consecución de sus objetivos y metas institucionales.

Artículo 5. Para los efectos de lo señalado en la “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, considérese para el Año Fiscal 2020, que cuando se haga referencia a la Ley Anual de Presupuesto y a la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público, éstas referencias corresponden al Decreto de Urgencia Nº 014-2019 “Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020” y al Decreto de Urgencia Nº 015-2019 “Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, respectivamente

Artículo 6. Modifíquese el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/50.01, a fin de ampliar el plazo para incorporar en la implementación progresiva del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, respecto a las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, conforme a lo siguiente:

[VER TABLA EN FICHERO ADJUNTO]

Artículo 7. La presente Resolución Directoral, la “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” y el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2020 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a los que hacen referencia los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Directoral, se publican en el Diario Oficial El Peruano.

La presente Resolución Directoral, la “Directiva para la Ejecución...

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