ORDENANZA, Nº 580/MDC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE COMAS - Ordenanza que aprueba la asignación de Numeración Municipal Provisional de los predios ubicados en el distrito de Comas-ORDENANZA-Nº 580/MDC

Fecha de disposición24 Diciembre 2019
Fecha de publicación24 Diciembre 2019

Ordenanza que aprueba la asignación de Numeración Municipal Provisional de los predios ubicados en el distrito de Comas

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 580/MDC

Comas, 10 de diciembre de 2019

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE

COMAS

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de diciembre de 2019, el Informe Nº 020-2019-SGPUC-GDU/MDC y el Informe Nº 091-2019-SGPUC-GDU/MDC de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, Memorando Nº 163-2019-GDU/MC de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 095-2019-SGGP-GPPR/MC de la Subgerencia de Gestión de Procesos, el Informe Nº 362-2019-GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Dictamen Nº 004-2019-CDUIT/MC de la Comisión Permanente de Regidores de Desarrollo Urbano, Tecnología de la Información, Tránsito y Transporte, respecto al proyecto de Ordenanza que aprueba el procedimiento de asignación de numeración municipal provisional de los predios ubicados en el distrito de Comas; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), prescribe que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; asimismo, en los numerales 3.3 y 3.4 del artículo 79º de la precitada norma, establece funciones específicas y exclusivas para las municipalidades distritales, las cuales consisten en la elaboración y mantenimiento del catastro distrital y la disposición de la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial;

Que, el Artículo 71º del Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbanas y Licencias de Edificación señala que una vez obtenida la Licencia de Edificación, de acuerdo a lo establecido para cada modalidad, el administrado puede solicitar la numeración que corresponda a los ingresos a la edificación y a las unidades inmobiliarias resultantes del proyecto aprobado, quedando la municipalidad respectiva obligada a emitir la resolución correspondiente dentro de los cinco (05) días hábiles de presentada la solicitud, asimismo, de acuerdo al artículo 92º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN, señala que la inscripción de la numeración se realiza en mérito a la resolución o al certificado de numeración expedidos por la municipalidad distrital respectiva;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 465/MC de fecha 04 de marzo del 2016, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 13 de marzo del 2016, se aprueba la “Ordenanza que Aprueba el Tratamiento Administrativo que Regula y Promueve la Implementación y Clasificación de la Nomenclatura Vial y de la Numeración Municipal en el Distrito de Comas”, sin embargo, el artículo cuarto de dicha norma dejó sin efecto el supuesto regulado una vez que entró en vigencia la modificación del TUPA del año 2018, mediante la Ordenanza Nº 544/MC, quedando las solicitudes de los administrados que no cumplían con lo regulado en la Ley Nº 27157 y la Ley Nº 29090, restringidas de su tramitación y posterior atención, asimismo, en la Ordenanza Nº 465/MC se estableció definiciones y criterios para la expedición de las constancias de numeración, no obstante, lo regulado en el numeral 5 del capítulo VIII denominado Otros Aspectos Técnicos de la precitada norma, señala iguales requisitos para la emisión de Certificados de Numeración, los cuales resultarían ineficaces para la aplicación de la emisión de constancias de numeración;

Que, de lo referido se ha advertido casos de edificaciones en el distrito de Comas que se encuentran pendientes de regulación, enmarcadas en la Ley Nº 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común y la Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones, las cuales no cuentan con número de licencia de edificación, declaratoria de fábrica, u otro documento que permita la emisión de certificados de numeración, por tal motivo, se considera necesario la emisión de constancias de numeración a fin de regularizar esa problemática que presentan los predios del distrito de Comas, fundamentado en la autonomía que ostentan las Municipalidades, respaldada por la Constitución Política del Perú;

Que, la Planeamiento Urbano y Catastro, mediante informes de vistos, señala que se apruebe el proyecto de Ordenanza que aprueba la expedición de constancias de numeración municipal de los predios ubicados en el Distrito de Comas, con la finalidad de brindar una adecuada atención a los administrados que se ven involucrados en los supuestos indicados previamente, lo cual permitirá generar mecanismos normativos que sujeten a los administrados a requisitos necesarios para su procedencia, lo cual genera seguridad en la calificación y emisión de los actos administrativos;

Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante informe de vistos, señala que resulta favorable la aprobación de la propuesta de ordenanza teniendo en cuenta que el objetivo del citado proyecto consiste en promover y velar por la numeración municipal de aquellos inmuebles que no reúnan las condiciones para la obtención de certificados de numeración, lo cual permitirá identificar las unidades catastrales de la jurisdicción;

Que, la Subgerencia de Gestión de Procesos, mediante informe de vistos, indica que a efectos de brindar solución y de establecer un marco normativo local que promueva y regule la numeración municipal de inmuebles que no reúnen las condiciones para la...

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