RESOLUCION.Nº 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 215, 216, 217, 218, 219, 220, 221, 222, 223 y 224-2019-OS/CD.Resoluciones de Consejo Directivo de OSINERGMIN.El Peruano / Viernes 20 de diciembre de 2019 3 NORMAS LEGALES RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 208-2019-OS/CD Lima, 17 de diciembre de 2019 CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES Que, e... -

Fecha de disposición20 Diciembre 2019
Fecha de publicación20 Diciembre 2019
MateriaDerecho Procesal
SecciónSección Única

Año de lA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 208-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Adinelsa contra la

Resolución Nº 167-2019-OS/CD que fijó el Valor Nuevo de Reemplazo

al 31 de diciembre de 2018.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 209-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Electro Puno S.A.A. contra la

Resolución Nº 167-2019-OS/CD que fijó el Valor Nuevo de Reemplazo

al 31 de diciembre de 2018.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 210-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Electro Sur Este S.A.A. contra la

Resolución Nº 167-2019-OS/CD que fijó el Valor Nuevo de Reemplazo

al 31 de diciembre de 2018.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 211-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Electronoroeste S.A. contra la

Resolución Nº 167-2019-OS/CD que fijó el Valor Nuevo de Reemplazo

al 31 de diciembre de 2018.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 212-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Hidrandina S.A. contra la

Resolución Nº 167-2019-OS/CD que fijó el Valor Nuevo de Reemplazo

al 31 de diciembre de 2018.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 213-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Electrocentro S.A. contra la

Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 214-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Electronoroeste S.A. contra la

Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 215-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Electronorte S.A. contra la

Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 216-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Hidrandina S.A. contra la

Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 217-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Electro Puno S.A.A. contra la

Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 218-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Electro Sur Este S.A.A. contra la

Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 219-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Electrosur S.A. contra la

Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 220-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.

contra la Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 221-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Adinelsa contra la

Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 222-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Electro Oriente S.A. contra la

Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 223-2019-OS/CD

Resuelve Recurso de Reconsideración interpuesto por Sociedad Electro Ucayali S.A. contra la Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 224-2019-OS/CD

Resolución Complementaria de los Recursos de Reconsideración interpuestos contra la

Resolución Nº 168-2019-OS/CD que fijó el Valor Agregado de Distribución 2019-2023.

Edición Extraordinaria

Viernes 20 de diciembre de 2019

Viernes 9 de enero de 2018 / El Peruano

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN N° 208-2019-OS/CD

Lima, 17 de diciembre de 2019

CONSIDERANDO:

  1. ANTECEDENTES

    Que, el 16 de octubre de 2019, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Osinergmin N° 167-2019-OS/CD (en adelante “Resolución 167”), mediante la cual se fijó el Valor Nuevo de Reemplazo (en adelante “VNR”) de las instalaciones de Distribución Eléctrica al 31 de diciembre de 2018;

    Que, con fecha 8 de noviembre de 2019, la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (en adelante “Adinelsa”) interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución 167.

  2. PETITORIO DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

    Que, Adinelsa solicita lo siguiente:

    2.1 Reconsiderar la adaptación de redes y subestaciones monofásicas asociadas a 15 suministros trifásicos.

    2.2 Considerar S/ 2,101 como valor promedio de remuneraciones de mano de obra de servicios tercerizados.

    2.3 Actualizar los precios de 10 materiales observados, con la finalidad de valorizar la infraestructura con costos reales y debidamente sustentados con órdenes de compra y precios de mercado.

  3. SUSTENTO DE LOS PETITORIOS Y ANÁLISIS DE OSINERGMIN

    3.1 Reconsiderar la adaptación de redes y subestaciones monofásicas asociadas a 15 suministros trifásicos

    Argumentos de Adinelsa

    Que, indica la recurrente, de forma errónea Osinergmin consideró subestaciones de distribución (SED), redes de Baja Tensión (BT) y Redes de Media Tensión (MT) monofásicas para alimentar suministros trifásicos. No obstante, a pesar de que dicha situación fue corregida parcialmente por Osinergmin, se observa en la Resolución N° 168-2019-OS/CD y sus Anexos correspondientes, que 13 suministros trifásicos siguen presentando tal incoherencia, ya que deben demandar que sus redes de BT, SEDs y redes de Media Tensión sean trifásicas.

    Análisis de Osinergmin

    Que, la hoja de cálculo “archivo 2.VNR y Metrado ADINELSA.xlsx”, no forma parte del presente proceso de fijación del VNR sino del proceso de optimización del VAD. El VNR se fija siguiendo lo dispuesto por la Guía de Elaboración del VNR (en adelante “Guía del VNR”) y sobre la base de la información alcanzada por la empresa. Toda la información se publica en la página web de Osinergmin sin incluir hojas de cálculo;

    Que, sin perjuicio de lo mencionado en el considerando anterior, se ha revisado si lo planteado por la recurrente cuenta con sustento dentro de la adaptación de instalaciones eléctricas de distribución de los sectores típico rural y SER de acuerdo a la Guía del VNR;

    Que, respecto a la adaptación de las redes de media tensión en dichos sectores típicos, ésta debe realizarse de acuerdo a los numerales 38.3, 38.4 y 38.5 de la Guía del VNR, los cuales señalan que los tramos de media tensión se adaptan por sus equivalentes en cobre o aluminio desnudo, de acuerdo al ambiente corrosivo, lo que implica que se toma en cuenta la información de número de fases reportada por la empresa sin cambiar dicha configuración;

    Que, con relación a las subestaciones de distribución, la adaptación se realiza según los criterios establecidos en el artículo 40, que considera, entre otros, los datos de máxima demanda de la subestación y el tipo de subestación (monofásica o trifásica, de acuerdo al código VNR), datos que son informados por la empresa. Únicamente se realizan adaptaciones de Subestaciones monofásicas a trifásicas y no de subestaciones trifásicas a monofásicas como señala la empresa.

    Que, este proceso no tiene en cuenta el tipo de alimentación o conexión (monofásica o trifásica) de los suministros, información...

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