ORDENANZA, N° 2194, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Ordenanza que aprueba el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima 2019 con visión al 2035-ORDENANZA-N° 2194

EmisorMUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Fecha de la disposición 8 de Diciembre de 2019

Ordenanza que aprueba el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima 2019 con visión al 2035

ORDENANZA N° 2194

Lima, 5 de diciembre de 2019

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO, el Oficio Nº1288-19-MML-IMP-DE del Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Planificación, el Oficio Nº3921-2019-MML-PMRCHL del Gerente del Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA y el Informe Nº788-2019-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 17 de octubre al 21 de noviembre de 1972, se llevó a cabo la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, Ciencia y Cultura, en su décimo sétima (17ª) reunión celebrada en París, en la cual se aprobó “La Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural”;

Que, mediante la Resolución Suprema Nº2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972, la República del Perú resuelve: “1º.- Declárense Monumentos, Ambientes Urbanos Monumentales y Zonas Monumentales los inmuebles y áreas urbanas siguientes: (…) Provincia de Lima (…) Distrito de Lima (…)”;

Que, posteriormente, el Perú se adhiere a la “Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural”, mediante la Resolución Legislativa Nº23349, de fecha 21 de diciembre de 1981, la misma que obtuvo rango de Ley;

Que, con fecha 13 de diciembre de 1991, la UNESCO - Oficina de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, reconoce al Centro Histórico de Lima, como: “Patrimonio Cultural de la Humanidad”;

Que, consecuente al reconocimiento por parte de la UNESCO, el Perú procede a otorgar protección al Patrimonio Cultural de la Nación, en el artículo 21 de la Constitución Política del Perú;

Que, a partir del año 1993, el Centro de Patrimonio Mundial ha emitido doce reportes, pronunciándose sobre los instrumentos de manejo del Centro Histórico de Lima y el estado de conservación, identificando cuatro grandes problemas: (i) problemas de gestión, referidos a la necesidad de generar y luego actualizar el plan maestro del Centro Histórico de Lima; (ii) problemas generales, como la tugurización y deterioro de la vivienda, entre otros; (iii) problemas específicos, vinculados a obras y/o proyectos, realizados o por realizarse dentro del Centro Histórico, como el Metropolitano, y (iv) desastres y ocurrencias que hayan tenido un impacto, social o material, en el patrimonio que contiene el Centro Histórico de Lima;

Que, con fecha 13 de julio de 1994, el Concejo Metropolitano, en sesión ordinaria aprobó la Ordenanza Nº 062 - Reglamento de la Administración del Centro Histórico de Lima; publicada el 18 de agosto de 1994. Asimismo, el 21 de diciembre del año 1998, el Concejo Metropolitano, en sesión ordinaria aprobó la Ordenanza Nº 201 – Plan Maestro Centro de Lima;

Que, la Oficina de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), mediante la Decisión Nº 34 COM 7B. 116 de 2010, exhorta a los Estados parte a: “Desarrollar herramientas de orientación adecuadas y políticas precisas para las intervenciones en el centro histórico, tanto para los responsables de la toma de decisiones como para los propietarios”; además, solicita al Estado parte que presente al Centro del Patrimonio Mundial, antes del 1 de febrero de 2011,un informe sobre el estado de conservación de la propiedad y sobre los pasos tomados para implementar las recomendaciones de la misión de monitoreo para su examen por parte del Comité del Patrimonio Mundial en su 35ª sesión en el año 2011, lo cual es reiterado mediante la Decisión Nº 41 COM 7B.64 a los Estados parte, para que finalicen el proceso de actualización del Plan Maestro para el Centro Histórico de Lima y garantice su aprobación lo antes posible para “permitir la protección integral de todos los componentes de la propiedad”, señalando el 1 de diciembre de 2018, como el plazo...

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