RESOLUCION JEFATURAL, Nº 100-2019-OSINFOR, ORGANISMOS EJECUTORES, ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE - Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 100-2019-OSINFOR

Fecha de publicación30 Noviembre 2019
Fecha de disposición28 Noviembre 2019

Lima, 28 de noviembre de 2019

VISTOS: Los Memorándums números 694, 723 y 724-2019-OSINFOR/05.2.2 emitidos por la Unidad de Administración Financiera de la Oficina de Administración; los Memorándums números 1766, 1779 y 1780-2019-OSINFOR/04.1, emitidos por la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 191-2019-OSINFOR/05.2.2 y el Proveído N° 331-2019-OSINFOR/05.2, emitidos por la Oficina de Administración; y, el Informe Legal N° 193-2019-OSINFOR/04.2, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Jefatura N° 051-2018-OSINFOR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de los Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 024: Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

Que, el Artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificado por el Artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o el que haga que sus veces en el pliego;

Que, asimismo el Artículo 20° de la referida Ley, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante Resolución del titular del pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de...

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