RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 553-2019-P-CSJV/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Disponen que los Juzgados de Investigación Preparatoria del Distrito Judicial de Ventanilla remitan los procesos penales que correspondan a los Delitosde Criminalidad Organizada, Lavado de Activos y Trata de Personas al Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Supraprovincial del Distrito de Ventanilla y dictan diversas disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 553-2019-P-CSJV/PJ

Fecha de disposición27 Noviembre 2019
Fecha de publicación27 Noviembre 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Ventanilla, catorce de octubre de dos mil diecinueve.-

VISTOS: Resolución Administrativa Nro. 430-2019-CE-PJ, de fecha 30 de octubre de 2019; y,

CONSIDERANDO:

Primero: Mediante la resolución del visto, publicada en el Diario Oficial El Peruano en la fecha, se dispuso que, a partir del 1 de noviembre de 2019, el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Supraprovincial de este Distrito de Ventanilla, con competencia exclusiva en Delitos de Corrupción de Funcionarios, amplíe su competencia para conocer Delitos de Criminalidad Organizada, Lavado de Activos y Trata de Personas.

Segundo: En ese sentido, en el artículo segundo de la referida resolución se dispuso que los Juzgados de Investigación Preparatoria de esta Corte Superior de Justicia de Ventanilla remitan al Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Supraprovincial del Distrito de Ventanilla, todos los procesos sobre Delitos de Criminalidad Organizada, Lavado de Activos y Trata de Personas.

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