RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 427-2019-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Prorrogan funcionamiento, amplían competencia funcional, convierten órganos jurisdiccionales y establecen acciones administrativas en diversas Cortes Superiores de Justicia-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 427-2019-CE-PJ

Fecha de publicación20 Noviembre 2019
Fecha de disposición30 Octubre 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo

Lima, 30 de octubre de 2019

VISTOS:

El Oficio N° 605-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ que adjunta el Informe N° 069-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial; respecto a las propuestas de ampliación de plazo de funcionamiento de órganos jurisdiccionales permanentes a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, y otros aspectos.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 298-2019-CE-PJ, del 24 de julio de 2019, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso ampliar a partir del 1 de agosto hasta el 31 de octubre de 2019, la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado, en adición a sus funciones Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Ayaviri, Provincia de Yauyos, Corte Superior de Justicia de Cañete, hacia el Distrito de Quinches de la misma provincia y Distrito Judicial; así como reubicar, a partir del 1 de setiembre hasta el 31 de octubre de 2019, el 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, Provincia de Cusco, como 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián de la misma provincia.

Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 287-2019-CE-PJ del 17 de julio de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial amplió a partir del 12 de agosto hasta el 31 de octubre de 2019, la competencia funcional del 3º y 7° Juzgados Penales Liquidadores del Distrito de Independencia, Distrito Judicial de Lima Norte, para que en adición a sus funciones y como juzgados mixtos tramiten con turno cerrado los procesos de la subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP), con la misma competencia territorial que el 1º Juzgado de Trabajo Transitorio de Independencia. Asimismo, amplió a partir del 12 de agosto hasta el 31 de octubre de 2019, la competencia funcional del 9º y 10° Juzgados Penales Liquidadores del Distrito de Independencia, del mencionado Distrito Judicial, para que en adición a sus funciones y como juzgados mixtos tramiten con turno cerrado los procesos civiles del mismo distrito, con la misma competencia funcional y territorial de los juzgados civiles que actualmente funcionan en el Distrito de Independencia.

Tercero. Que, la Resolución Administrativa N° 257-2019-CE-PJ del 26 de junio de 2019, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso prorrogar a partir del 1 de julio hasta el 30 de noviembre de 2019 el funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio de Ica, Corte Superior de Justicia del mismo nombre.

Cuarto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 430-2010-CE-PJ de fecha 28 de diciembre de 2010, se dispuso que el 8° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial del Distrito y Provincia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, conozca procesos civiles de dicha provincia.

Quinto. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial mediante Oficio N° 605-2019-OPJ-CNPJ-CE-PJ elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 069-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, sobre la propuesta de prórroga de funcionamiento de órganos jurisdiccionales permanentes de las Cortes Superiores de Justicia de Cañete, Cusco, Ica y Lima Norte, cuyo plazo de funcionamiento se encuentra...

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