INVESTIGACION, DEFINITIVA Nº 6782-2015- LIMA, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Imponen a servidor la medida disciplinaria de destitución por su desempeño como Especialista Legal del Octavo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima-INVESTIGACION-DEFINITIVA Nº 6782-2015- LIMA

Fecha de disposición17 Noviembre 2019
Fecha de publicación17 Noviembre 2019
SecciónSección Única

Cajamarca, treinta y uno de julio de dos mil diecinueve.-

VISTA:

La Investigación Definitiva número seis mil setecientos ochenta y dos guión dos mil quince guión Lima que contiene la propuesta de destitución del señor Albino Víctor Mendoza Balvin, por su desempeño como Especialista Legal del Octavo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número veinticuatro, de fecha nueve de marzo de dos mil dieciocho; de fojas trescientos ocho a trescientos treinta y tres; y, el recurso de apelación interpuesto por el investigado contra la misma resolución, en el extremo que dispuso medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial, hasta que se resuelva en definitiva su situación jurídica ante la instancia correspondiente.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante resolución número veinticuatro, de fecha nueve de marzo de dos mil dieciocho, la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial resolvió lo siguiente:

Primero.- PROPONER al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial imponga la sanción disciplinaria de DESTITUCIÓN al servidor judicial ALBINO VÍCTOR MENDOZA BALVIN por el cargo formulado en su contra, en su actuación como Especialista Legal del Octavo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Segundo.- DISPONER la MEDIDA CAUTELAR de SUSPENSIÓN PREVENTIVA en ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial contra el servidor judicial ALBINO VÍCTOR MENDOZA BALVIN, hasta que se resuelva en definitiva su situación materia de investigación disciplinaria …

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Segundo. Que sobre la base de lo señalado precedentemente, es objeto de pronunciamiento por este Órgano de Gobierno la propuesta de destitución formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial contra el señor Albino Víctor Mendoza Balvin, en su actuación como Especialista Legal del Octavo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima; así como el recurso de apelación interpuesto por el mencionado investigado contra la resolución número veinticuatro del nueve de marzo de dos mil dieciocho, que le impuso medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial.

Tercero. Que en mérito a la queja verbal formulada por el señor Guillermo Enrique Sanchez Velásquez contra el señor Albino Víctor Mendoza Balvin, por su actuación como Secretario Judicial del Octavo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima, se dispuso mediante resolución número siete del veintiséis de noviembre de dos mil quince, abrir procedimiento administrativo disciplinario contra el mencionado servidor judicial, atribuyéndole:

En el trámite del Expediente número cinco mil cuatrocientos cincuenta y cinco guión dos mil doce, por su presunta relación extraprocesal con la parte demandada, al comprometerse a llevar el caso en forma positiva y favorable al demandado, para lo cual solicitó, inicialmente, la suma de trescientos soles mensuales; y, luego, la suma de mil quinientos dólares americanos (de un pedido de tres mil dólares americanos), para pagar a los notificadores y para que le prepare unos escritos; con lo que habría inobservado el deber de cumplir con honestidad las funciones inherentes al cargo que desempeña, previsto en el artículo cuarenta y uno, literal b), del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, concordante con el artículo seis punto dos de la Ley del Código de Ética de la Función Pública; lo que acarrearía responsabilidad y sanción disciplinaria prevista en el artículo diez, incisos uno y ocho, del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial

.

Cuarto. Que respecto a la medida cautelar de suspensión preventiva impuesta al señor Albino Víctor Mendoza Balvin ha interpuesto recurso de apelación, de fojas trescientos cuarenta y uno a trescientos cuarenta y cinco, señalando lo siguiente:

  1. No se ha considerado que como consecuencia de la investigación disciplinaria que se le sigue, mediante resolución número uno del cuatro de diciembre de dos mil quince, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial le impuso una medida cautelar de suspensión preventiva anteriormente, y posteriormente mediante la resolución número cuatro del seis de junio de dos mil diecisiete, se declaró la caducidad de dicha...

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