RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 211-2019-VMPCIC-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los conocimientos, técnicas y prácticas asociados a la producción de tejidos en qallwa en la provincia de San Miguel, departamento de Cajamarca-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-Nº 211-2019-VMPCIC-MC

Fecha de publicación17 Noviembre 2019
Fecha de disposición15 Noviembre 2019
MateriaDerecho Procesal

Lima, 15 de noviembre de 2019

VISTOS, el Informe N° D000209-2019-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y el Informe N° D000426-2019-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;

Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;

Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado por el Decreto Legislativo N° 1255, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, mediante Oficio N° 0215-2017-MPSM/A presentado el 22 de mayo de 2017, la Municipalidad Provincial de San Miguel solicitó declarar los tejidos de la provincia de San Miguel del departamento de Cajamarca como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, mediante Informe N° D000426-2019-DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural hizo suyo el Informe Nº D000209-2019-DPI/MC del 28 de octubre de 2019 emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual recomendó declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, técnicas y practicas asociados a la producción de tejidos en qallwa, en la provincia de San Miguel, departamento de Cajamarca;

Que, San Miguel es una de las trece provincias que conforman el departamento de Cajamarca. Tiene como capital a San Miguel de Pallaques, ciudad creada durante la conquista española como parte de la política de reducciones. San Miguel de Pallaques formó parte del corregimiento de Cajamarca y posteriormente, aún en tiempos coloniales, pasó a formar parte del corregimiento de Chota. Entrada ya la República, con la nueva organización administrativa, se convirtió en distrito de la provincia de Hualgayoc, siendo recién en 1964 que se crea la provincia de San Miguel y San Miguel de Pallaques es nombrada su capital;

Que, su población, estimada por el INEI (2015) en más de 55 745 habitantes, tiene como actividades económicas principales a la agricultura y la ganadería, complementadas con manufacturas diversas (textil, cerámica, sombrerería y otros), el comercio y la migración temporal hacia la costa, que en conjunto son factores...

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